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Jaime M.

inquilino/a

Es justa esta clausula de un contrato de alquiler?Si se rompe cualquier cosa tengo que arreglarla yo?

Cláusula 4 Gastos privativos.

 

En el precio del presente arriendo de vivienda no se comprenden los gastos privativos e individualizados relativos a suministros y servicios privativos de la vivienda, reparación, mantenimiento y conservación de la vivienda y sus instalaciones, etc.

 

La arrendataria satisfará, íntegramente y a su costa, el importe total de los referidos gastos directamente a los respectivos proveedores de los conceptos a los que se refieran los mismos, estando igualmente obligada a contratar a su nombre, con las respectivas compañías suministradoras, los servicios y suministros de la vivienda. En este caso domiciliar pagos.

 

 

Gracias y un saludo

  • Preguntado por: Jaime M.
  • Hace 11 años
  • Categoría: Inquilinos
Respuestas (8)
Amparo BB ha sido el primero en contestar
  • PHOLMO

    PHOLMO

    profesional

    Cristina debería haber abierto una consulta propia, esta es muy antigua, si un contrato contiene una cláusula nula, se tiene por no puesta esa cláusula y no afecta a la validez del resto.
    Para ampliar más o aclarar esta información puede  hacerlo al teléfono: 807 520 008 donde recibirá mi atención  directa e inmediata (1,21 eur./min. Desde fijo; 1,57 eur ./min. desde móvil)
    http://www.pedrohernandezabogado.com/
    • Respondido por: PHOLMO
    • Hace 9 años
  • Cristina

    inquilino/a

    Buenas,
    A mi me ha pasado lo mismo, en el contrato de alquiler de la vivienda me aparece esta cláusula. ¿Tengo que modificar el contrato para cambiar la cláusula?, o ¿no es necesario modificarlo porque al ser abusiva es como si no tuviera validez lo que pone?
    Muchas gracias. Un saludo.
  • Cristina

    inquilino/a

    Buenas,  A mi me ha pasado lo mismo, en el contrato de alquiler de la vivienda, aparece esta cláusula.  Al ser abusiva, ¿hay que modificar el contrato? o ¿no es necesario porque al ser abusiva es como si no tuviera validez lo que dice en la cláusula?
    Muchas gracias de antemano.
    Un saludo.
  • Josep Térmens Viñas

    Josep Térmens Viñas

    profesional

    Mantenimiento y conservación de la vivienda y sus instalaciones

    como dice pholmo esta cláusula no es acorde a Derecho

    Un artículo sobre las repareciones necesarias, siempre a cargo del arrendador (art 21 lau) 

    http://www.abogadoarrendamientos.com/

  • Jan Abogado

    profesional

    Hola jaime:

    coincido con la respuesta de mi compañero Pholmo.

    Reciba un cordial saludo.

      http://letradosalquileres.es.tl

  • javier diez

    javier diez

    casero/a

    Esa cláusula no es válida en absoluto.Déla por no escrita.Sería interesante que se leyera el "decálogo del inquilino" de la pág.de Amparo BB

  • PHOLMO

    PHOLMO

    profesional

    Para complementra la acertada respuesta de Ampaño aadir que las clausulas que iinfrinjan la ley y perjudiquen alinquilino son nulas, en este caso la obligación de hacerse cargo de todos los gastos de mantenimiento y reparación.

    En mi blog http://www.pedrohernandezabogado.com/ puede encontrar más información sobre estos temas y si prefiere una atención personal y directa, con un pequeño gasto controlado por vd.,   puede hacerlo llamando al teléfono, 807 520 008 (Coste de la llamada: 1,21€ por minuto desde teléfono fijo y 1,57€ por minuto desde móvil).

    • Respondido por: PHOLMO
    • Hace 11 años
  • Amparo BB

    Amparo BB

    profesional

    Ninguna cláusula puede perjudicarle respecto a la LAU.

    El inquilino solo tiene obligación de hacerse cargo de todas  las pequeñas reparaciones (hasta 150 - 200 euros)  o de las reparaciones de más importe si se produjeron por uso negligente.

    Saludos - Papeleos Alquiler.

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