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AZUCENA Campos

casero/a

Inquilinos
Buenas yo tengo un piso alquilado, pero mi hija necesita él piso. En él mismo contacto que le hice ponía una clausura que ponía que si un familiar de primer grado necesitaba él piso tenia dos meses para irse.  Cual es mi sorpresa que dice que él no se va.¿ Que puedo hacer para que se vaya..?
  • Preguntado por: AZUCENA Campos
  • Hace 6 años
  • Categoría: Inquilinos
Respuestas (1)
nacho ha sido el primero en contestar
  • nacho

    nacho

    casero/a

    Artículo 9. Plazo mínimo

    3. No procederá la prórroga obligatoria del contrato si, una vez
    transcurrido el primer año de duración
    del mismo, el arrendador comunica al arrendatario que tiene necesidad de la vivienda arrendada para destinarla a vivienda permanente para sí o sus familiares en primer
    grado de consanguinidad o por adopción o para su cónyuge en los
    supuestos de sentencia firme de separación, divorcio o nulidad
    matrimonial. La referida comunicación deberá realizarse al arrendatario al menos con dos meses de antelación a la fecha en la que la vivienda se vaya a necesitar y el arrendatario estará obligado a entregar la finca arrendada en dicho plazo si las partes no llegan a un acuerdo distinto.


    • Respondido por: nacho
    • Hace 6 años
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