Actualmente no se publican nuevas preguntas y respuestas en La Comunidad, que queda accesible únicamente como página de consulta.

Antonio

inquilino/a

inquilinos
Soy arrendador, tengo un contrato de alquiler de un año prorrogable hasta 3 años. La fecha es 14 agosto 2015. El 23 de marzo, el inquilino me manifiesta que rescinde el contrato. En el contrato no se pacto nada al respecto de la indemnización en caso de rescisión anticipada. Que se puede hacer. Vale el plazo de un año y la renta anual?
  • Preguntado por: Antonio
  • Hace 8 años
  • Categoría: Inquilinos
Respuestas (3)
Amparo BB ha sido el primero en contestar
  • PHOLMO

    PHOLMO

    profesional

    Antonio debería leer
    EL DECALOGO DEL CASERO
    • Respondido por: PHOLMO
    • Hace 8 años
  • Amparo BB

    Amparo BB

    profesional

    Por cierto, su avatar es de inquilino. Si lo cambia evitará errores.
  • Amparo BB

    Amparo BB

    profesional

    Si no se pactó penalización por desistimiento anticipado en el contrato, pasados los primeros seis meses el inquilino puede irse cuando quiera  (preavisando con 30 días ) sin pagar indemnización alguna.
Expertos más activos
  • PEDRO BURRUEZO - casero/a
    171 respuestas

  • Creu - inquilino/a
    173 respuestas

  • tamaralexa - inquilino/a
    40 respuestas

  • Inmoboteros - profesional
    318 respuestas