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maria

inquilino/a

Vivo desde hace 20 años en un piso prestado y no me quiero ir.

Hola, llevo 20 años viviendo en un piso prestado nunca me ha exigido pagar alquiler solo cubrir los gastos de luz y agua ahora quiere echarme o que le firme un contrato que puedo hacer para que no me pueda echar gracias y que derechos tengo 

  • Preguntado por: maria
  • Hace 9 años
  • Categoría: Inquilinos
Respuestas (7)
Amparo BB ha sido el primero en contestar
Amparo BB ha sido elegida Mejor Respuesta
  • Jorge

    casero/a

    Hola, que malos somos, verdad? Cuando ese conocido, ese amigo, ese familiar... nos pide un día que le dejemos pasar un tiempo en nuestra propiedad porque está pasando por un mal momento..., y después de pensarlo un poco lo decimos, no. Entonces nadie lo entiende, que malos somos, no tenemos corazón, etc., etc., ... Pero consultas como esta y otras, son las que te hacen abrir los ojos, y dando gracias, que personalmente, no hayamos sido los perjudicados de momento. Después de dejar una propiedad durante tanto tiempo, no solo no se quiere marchar, ni legalizar la situación mediante un contrato escrito que beneficie a las dos partes, y no digo que la situación actual sea ilegal habiendo presuntamente un contrato verbal, sino que empiezan ha aparecer términos raros, por lo menos para mi, de "usucapio" y cualquier otro, que podrían incluso, hacer perder la propiedad al propietario... Yo, personalmente me quedo asombrado, y detecto falta de muchas cosas... Un saludo, Jorge

    • Respondido por: Jorge
    • Hace 9 años
  • Pelayo de Salvador

    Pelayo de Salvador

    profesional

    No cabe usucapión ordinaria porque no tiene un justo título que le permita justificar su posesión en concepto de dueño.
    Ten en cuenta que la usucapio es un mecanismo extraordinario del Derecho para cubrir situaciones creadas erróneamente (en este sentido, por ejemplo, la usucapión ordinaria es un supuesto que permite adquirir de quien no es propietario: Adquiere con justo título, y en concepto de dueño, pero como quien le ha "vendido" no podía hacerlo, en principio no podría llegar a ser nunca propietario).

    Entre el comodato y el precario me decanto por el precario porque para defender un comodato tiene un problema de prueba, al no tener ningún documento acreditativo de dicho contrato. Por ello, ante una indefinición total, debemos asumir que se trata de un precario.
    Un saludo,
    www.desalvador.es
    Especialistas en Derecho Inmobiliario
  • Juanjo

    inquilino/a

    Hola Pelayo.

    Cierto, en caso de estar en precario, el propietario puede reclamar que le sea devuelta, pero, ¿como sabemos que no se trata realmente de un comodato? ¿O por qué no podría haber una contrapartida en ese acuerdo y que la cesión no fuese realmente "gratuita"? ¿Y por qué no  tomar el camino de la usucapión ordinaria? Todo se puede alegar. Faltan datos.

    Incluso aún suponiendo que se reclame la devolución en juicio de desahucio, el proceso sería largo, no sería "echarla" así como así, y mañana (siempre tendrá más tiempo para "buscarse la vida" que si le dicen "vete el martes a las diez porque soy el dueño y lo digo").

    Como no conozco la situación, no voy a hacer valoraciones morales (a diferencia de los graciosetes), me limito a decir lo que decía anteriormente, si realmente había esa cesión de la vivienda, y la propiedad la reclama, a priori lo "correcto" sería devolverla (insisto, sin conocer los detalles, que quizás haya motivos para no hacerlo), cuando fuese posible. Y no firmar nada sin consultar antes con un abogado (ni contrato, ni nada, si llevan 20 años pueden estar una semana o un mes o lo que haga falta como están), que con los datos y la documentación valore cual es la situación y la mejor opción.

    Se agradece tu respuesta razonada, viendo las respuestas que he visto en alguna que otra consulta, no abundan.

    Un saludo.

    • Respondido por: Juanjo
    • Hace 9 años
  • Pelayo de Salvador

    Pelayo de Salvador

    profesional

    Buenas noches,

    Estimado Juanjo, para que aplique la usucapión, la posesión tiene que ser en concepto de dueño, ser de buena fe y con justo título.

    Para la usucapión extraordinaria de bienes inmuebles, el plazo es de 30 años de posesión ininterrumpida en concepto de dueño.

    En este caso, si el "inquilino", reconoce que el piso es de otra persona, esa posesión no puede considerarse "en concepto de dueño", pues es consciente de que no es propietario del inmueble, por lo que en ningún caso sus pretensiones triunfarían en un procedimiento judicial.

    En cuanto a la consulta planteada por maria, si no ha estado pagando renta y únicamente ha pagado los consumos de suministros, no puede entenderse que haya arrendamiento, sino una situación de precario, en la cual es poseedor del inmueble.

    En caso de que no desee formalizar un contrato, maría se expone a un desahucio, puesto que el propietario puede decidir terminar el precario en cualquier momento. Mi consejo sería que formalizaran bien un comodato (cesión gratuita de uso) o bien un arrendamiento con la renta que estimen conveniente y, especialmente, un plazo acorde a las necesidades de ambas partes, siempre redactado por un abogado experto que defienda los intereses de maria contando con toda la información referente al caso.

    Un saludo,
    www.desalvador.es
    Especialistas en Derecho Inmobiliario


  • Juanjo

    inquilino/a

    No, no puede echarte, y él (o ella) lo sabe (por eso te pide que firmes)

    Lo primero es que no firmes nada, el acuerdo verbal entre los dos sigue vigente, no veo necesidad de cambiarlo después de tanto tiempo.
    No conozco tu caso ni tus circunstancias así que me abstendré de emitir juicios de valor, pero, obviamente sin quedarte en la calle, a priori creo que lo "correcto", sería devolver la vivienda, pero sin aceptar amenazas ni ultimátums. Porque a las malas podrías llegar a adquirir la propiedad, simplemente con la posesión durante todo este tiempo. Busca el significado de esta palabra: usucapión (insisto, no sé si se podrá aplicar en tu caso) , posiblemente quien te dejó la vivienda la conozca (desde no hace mucho) y por eso la urgencia de que firmes o te vayas.

    Si no hay acuerdo, o te quieren echar sin más, o simplemente no te quieres ir, habla con un abogado, que con todos los datos y conociendo las circunstancias sabrá decirte exactamente cuales son tus derechos (las respuestas a tu pregunta de caseros graciosetes diciendote que no tenes derechos no las tengas en cuenta). Lleva los recibos de los suministros y cualquier cosa que demuestre que vives ahí desde hace tanto tiempo (lo ideal sería un certificado de empadronamiento de tu municipio si te empadronaste en su momento)

    Saludos.

    • Respondido por: Juanjo
    • Hace 9 años
  • Oscar Aparisi

    Oscar Aparisi

    inquilino/a

    Tienes derecho a darle las gracias a su amigo por haberle dejado vivir en su casa durante 20 años.

  • Amparo BB

    Amparo BB

    profesional

    Derechos?
    Debería estar agradecido por los 20 años que ha vivido sin pagar renta.
    Tiene derecho a elegir entre las dos opciones que le ha ofrecido su casero.  Pero solo porque él se las ha ofrecido, porque podría haberle pedido directamente que se fuera....
    Me deja usted perpleja!!! Qué poco agradecimiento por 20 años de vivir g r a t i s !
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