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Maria

casero/a

Inquilino SUPERmoroso
Mi inquilino entró en Febrero 2016 y sólo me pagó, "a trancas y barrancas" hasta Julio 2016. Desde entonces no paga ni rentas ni recibos. Me tiene los nervios destrozados y recibo fisioterapia por las constantes contracturas que me produce su desfachatez y engaños constantes.¿Cómo he podido ser tan tonta y tener tantas contemplaciones, esperando que me pagase por las buenas?. finalmente, le puse un Monitorio por parte de la deuda (menos de 2000¬) para no tener que llevar abogados (que acabaría pagando yo, encima). Él alegó, con toda su cara dura, que no me debía NADA,  que yo nunca le daba recibos y que tenía el piso anunciado (estando él dentro) para alquiler vacacional. Toda una sarta de mentiras.Por tanto, ahora el Monitorio ha pasado a Verbal y estoy a la espera de la Vista. Pregunto: Él tendrá que aportar pruebas de todo ello, supongo.Es él quien tendrá que demostrar que me ha pagado (cosa que no podrá hacer porque NO HA PAGADO) y todo lo demás; Además, siempre que iba a cobrarle me decía en plan chulo que ni me iba a pagar ni se iba a marchar del piso, hasta que no se lo dijese un juez. ¿Qué me aconsejan?
  • Preguntado por: Maria
  • Hace 6 años
  • Categoría: Inquilinos
Respuestas (4)
Oscar Aparisi ha sido el primero en contestar
  • PHOLMO

    PHOLMO

    profesional

    María si gana ese verbal el juez dictará sentencia condenando a pagar XXX euros, pero el inquilino continuará en la casa, vd deberá ejecutar esa sentencia, para lo cual deberá señalar al juzgado bienes susceptibles de embargo, propiedad de su inquilino.
    EL DECALOGO DEL INQUILINO

    • Respondido por: PHOLMO
    • Hace 6 años
  • Amparo BB

    Amparo BB

    profesional

    Debe contratar un abogado que le asesore y le represente.
    Y a su pregunta, si. Si usted dice que no le ha pagado, y él dice que si, es la prueba "positiva" la que ha de demostrarse. Es él el que debe demostrar que ha pagado.

    Saludos.
  • usuario eliminado

    Oscar los impagos y desahucios están regulados por la ley de enjuiciamiento civil y no por la penal
    • Respondido por: Usuario dado de baja
    • Hace 6 años
  • Oscar Aparisi

    Oscar Aparisi

    inquilino/a

    Que acuda a un abogado. Si se lo decía a la cara, que estaba esperando que vinieran los reyes magos a pagarle??'
    A esta gente hay que demandarlos por lo penal en cuanto deben un par de meses, y las costas, el juez se las cargan a ellos.
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