Actualmente no se publican nuevas preguntas y respuestas en La Comunidad, que queda accesible únicamente como página de consulta.
El contrato es por escrito y firmado por ambas partes.
Los contratos se firman para cumpllirlos. Efectivament podría ocurrir lo que dices, aunque en la práctica en los contratos se puede prever esa posibilidad y fijar una indemnización para desistimiento de x meses de renta, y evitarse así tener que acudir a los tribunales.
Saludos - Papeleos Alquiler
debes leer tu contrato, porque no todos son iguales.
En el mio pone que si me voy antes del año, les tendré que indemnizar con una mensualidad.
Si no esta especificado, deberás hablar con la propiedad y llegar a un acuerdo.
En mis post
http://pedrohernandezabogado.blogspot.com/2009/04/mas-sobre-desistimiento-anticipado.html y
http://pedrohernandezabogado.blogspot.com/2008/12/desistimiento-del-inquilino.html considero que tienes cumplida respuesta a tus preguntas, no obstante me pongo profesionalmente a tu disposición telefónica para cualquier asesoramiento complementario