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Antes de firmar pregunté que si estaban de alta todos los suministros. El chico de inmobiliaria lo afirmó. Pero el día de firmar me informó que no estaba de alta el agua y lo hiciera yo y que al dejar el piso la oficina de agua lo devolvería. Fui con mi esposa a la oficina y damos de alta y pregunté que si devolvía dinero pero dijo que no.
Y el otro problema. No había gas natural. Llamé al chicoo. me dijo que tampoco sabía y la propietaria le había dicho que si estaba de alta. Al final tenía que solicitar de alta en lugar de propietaria. Vino un tecnico para ver si está instalado bien los tubos y nos dijo que necesita algunas modificaciones por seguir la normativa actual.
Se lo informé al chico y me dice q la propietaria pagará la mitad y la otra mitad tengo q pagar y que es lo correcto. Lo peor es que en el contrato no dice nada de esto. No hay una ley que los propietarios tienen que cubrir los gastos de dar de alta de suministros?
Hola Carla:
Coincido con la respuesta de mi compañero Pedro.
Reciba un cordial saludo.
Yo no estoy de acuerdo con eso, si el contrato no dice nada, el alta de los suministros no puede ser por cuenta del propietario.
pedro Martinez
Abogado
5001@icagr. Es
"antes de firmar pregunté que si estaban de alta todos los suministros. El chico de inmobiliaria lo afirmó"
no se pregunta ,se escribe. El de la inmobiliaria ahora se llamrá andanas.
hacía tiempo que no se veía la torre de pisa
SE ve que no conocía el DECALOGO DEL INQUILINO, el chico de la inmobiliaria el único interés que tiene ya lo ha obtenido, ahoa vd se encuentra con el marrón del gas que no es de fácil solución si dice que en el contrato no pone nada, tenga en cuenta queen los arrendamientos de vivienda suele ocurrir que el punto de vista sobre la idoneidad del inmueble varía entre el dueño y el inquilino. Objetivamente hay que decir que el inquilino tiene derecho a que la vivienda sea habitable y si no es así debe certificarlo por un dictamen pericial elaborado por persona competente y puede intentar obtener esa habitabilidad o la resolución del contrato con indemnización de daños y perjuicios. La obtención de cualquiera de esos resultados en sede judicial puede exigir la intervención de Letrado y Procurador.
En mi blog http://bit.ly/1dOo2ah puede encontrar más información sobre estos temas y si prefiere una atención personal y directa, con un pequeño gasto controlado por vd., puede hacerlo llamando al teléfono, 807 520 008 (Coste de la llamada: 1,21€ por minuto desde teléfono fijo y 1,57€ por minuto desde móvil).
En concreto el punto que debe tener en cuenta es el iii.
Karla: el alta de los suministros puede pagarla tanto el propietario como el inquilino, todo depende de lo que pacten en el contrato.
En tu caso, parece que el contrato no dice nada, por lo que pienso que sería más correcto que lo pagase el dueño, que tiene que entregar la casa en perfectas condiciones de habitabilidad.
En cuanto a los tubos del gas, tengo claro que no te corresponde pagar nada de nada.
Como último comentario te diré que debes leer el DECALOGO del inquilino de nuestro compañero de blog PHOLMO, para que vuelva a pasarte lo mismo otra vez.
Lo que no tienes que pagar de ninguna manera son los gastos para adecuar la instalacion del gas a la normativa vigente.