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El propietario me cobra la totalidad de los gastos de comunidad. Seguro, aministrador, antena colectiva, etc. Yo creo que sólo he de pagar por los servicios, limpieza , agua, luz, desperfectos, o pequeñas reparaciones que se atribuyen al uso.
Puede cobrar el recibo ordinario de gastos de comunidad, siempre y cuando figure el importe en el contrato de arrendamiento.
Saludos - Papeleos Allquiler