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Soy un inquilino que tiene firmado un contrato de alquiler para 2 años. ¿puede el dueño del piso venderli a otra persona?
Hola fe:
coincido con las respuestas del sr Paolo y le sugiero la lectura de los artículos 25 y 14 de la Ley de Arrendamientos Urbanos de 1994 así como del siguiente enlace:
http://letradosalquileres.es.tl/Duracion-del-contrato-de-arrendamiento-de-vivienda.htm
Reciba un cordial saludo
Despacho Armando García Fernández.
Email:: armandogarcia@ical.es
se me olvidaba, evidentemente no tienes porque dejar que nadie entre en tu casa para ver el piso, si no quieres.
(claro que siempre puedes llegar a un acuerdo economico)
Pablo.
Si puede venderlo, pero eso no significa que tu contrato quede alterado, el nuevo propietario debe respetarlo.
Ademas, tu contrato de 2 años, se prorrogara anualmente hasta 5, si tu quieres. El casero no puede hacer nada para evitarlo.
Por otro lado tienes derecho de tanteo y retracto, o sea, preferencia en la compra.
Si estas interesado en comprarlo, actude a un abogado.
Pablo.