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Tengo que demandar rotura de contrato por no avisar con dos meses de adelanto en un contrato de dos años , ya que se va a los 7 meses, y una cláusula de penalización de dos meses.
No, La empresa que la tenía en alquiler es de Madrid y me entregaron las llaves sin avisar a los siete meses teniendo un contrato de dos años . En la cláusula 1ª dice..."el inquilino podrá desistir del presente contrato antes de la terminación del mismo o de cualquiera de sus eventuales prórrogas siempre que notifique tal decisión al arrendador con la antelación mínima de DOS meses e indemnización al arrendador con una cantidad de dinero equivalente a la renta de dos mensualidades ¿qué le puedo reclamar? Gracias a todos por los consejos de la COMUNIDAD
Si la empresa todavía ocupa la vivienda presentará demanda para resolver el contrato y reclamar la deuda en Bilbao (lugar de la finca); si solo reclama la deuda la debe presentar en Madrid (domicilio de la empresa).
Un saludo,
Muchas gracias por las respuestas. Eduardo no te entiendo muy bien, ya que siempre se reclama una cantidad. Mi duda era que la vivienda está en Bilbao y la empresa que lo alquilaba en Madrid
Saludos
Si solamente reclama una cantidad, debe presentar la demanda donde tenga su sede la empresa. Si pretende acumular una acción de resolución de contrato más una reclamación de contrato deberá presentarla en el juzgado del lugar en que se halle la finca.
Las demandas se suelen presentar en la localidad donde se halle situada la vivienda, a no ser que se pacte cosa distinta.