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su contrato era hasta el 31 de julio, renovable anualmente a partir del 1 de septiembre, ni ha renovado ni ha pagado julio, hasta hoy no se nada de el, no responde llamadas, tiene algunas cosas dentro de la vivienda ¿tengo que guardarlas o puedo dar el contrato por finalizado y tirarlas? y si tengo que guardarlo ¿durante cuanto tiempo?
"¿no hay algun tipo de asesoria o gestoria o algo asi que se pueda encargar de llevarme todo esto?"
Yo contrataría a un abogado especializado en arrendamientos urbanos. Para el tema del papeleo, declaración y todo eso, una gestoría, aunque hay abogados que también lo hacen sin problemas.
¿ Has pensado en alguna inmobiliaria? Uy, perdón xD
Me estan dando ganas de vender los pisos y listo.
¿no hay algun tipo de asesoria o gestoria o algo asi que se pueda encargar de llevarme todo esto?
mas que nada porque ando en silla de ruedas, con oxigeno ... y para mi todo esto me esta resultando un mundo
Pues hay varias cosas más.
El iva y el irpf vas a tener que tributarlo. La fianza son dos meses, y no se deposita en hacienda, sino en el organismo competente de tu ca. Si es madrid, el ivima, cataluña el incasol, valencia el ivvsa, andalucia la junta de andalucia, etc...
Pueden ingresarte el alquiler, pero en esa cantidad estará incluido el iva y el irpf, que tendrás que declarar y pagar trimestralmente a hacienda.
Cuando acudas a hacienda para darte de alta en el iae te informarán.
Para entrar en la vivienda a revisarla en los meses de verano, yo lo que haría es contrato de "temporada", de septiembre a julio, y esos dos meses, si quieren dejar cosas, acordar un pago en julio ( si te interesa). Así puedes entrar en la vivienda, la recuperas cada año, y puedes pactar nuevas condiciones en septiembre o alquilar a otras personas si no te convencen esos inquilinos.
La fianza te recuerdo que son dos mensualidades, que vas a tener que depositarlas. Yo de ti llamaría a los futuros inquilinos y les explicaría el problema y llegaría a algún acuerdo, entre otras cosas porque ya vas a perder bastante dinero con lo del iva y el irpf, más que no vas a poder deducirte nada.
supones bien, la madre que los pario, con perdon
voy a hacerlo ahi para no tener problemas y vaya tela
me pusieron un mes de fianza, no me dijeron nada de que tuviera que darme de alta en hacienda, nada de iae, nada de depositar fianza en ningun sitio
otra cosa es que no les hago factura porque me ingresan directamente el alquiler ¿puede hacerse asi?
de buena gana contactaria con pholmo, pero el problema es que los inquilinos vienen a firmar el contrato el domingo y el lunes a ocupar el piso y no me da tiempo a hacerlo.
de verdad que me siento fatal, me hicieron el contrato hace unos años, me dijeron ya usted modifica la fecha y los nombres, y se acabo. yo pensando que lo habia hecho bien y estaba tranquilo y ahora me encuentro con todo esto
a ver, echame una mano crazy
me descargo el contrato de BB, se firma con los estudiantes, y luego tengo que ir a hacienda para que me den de alta en lo del iae y entregar la fianza con lo del modelo 806, una vez finalice el tiempo del contrato tengo que hacerles el papel de finalizacion del contrato y entrega de llaves y retirar la fianza con el 810
¿algo mas?
y me puedes responder a lo de que se hace con las cosas que tengan en el piso si deciden seguir mas de un año durante los meses que no este alquilado ¿tengo que poner alguna clausula o como se hace eso? a mi me gustaria esos meses poder disponer del piso o al menos poder entrar a hacer una revision, supongo que tendre que aclarar eso antes de hacer el contrato
que angustia de verdad
Por cierto, supongo que la inmobiliaria tampoco te comentó tus obligaciones.
Si el alquiler es de temporada, la fianza obligatorio es de dos mensualidades. Además, la factura debe llevar iva, y tienes que darte de alta en hacienda para el iae.
La fianza es obligatorio que se deposite en el organismo competente en materia de vivienda de tu comunidad autónoma.
El alquiler de temporada no es deducible.
No sé si me olvido de algo más.
Perdón, mis disculpas xddddd
por un momento me olvidé que las inmobiliarias son la fuente de todos los males xdddddddddddd
sí, el que has puesto de enlace es correcto. Pertenece a Amparo, que particpa en esta comunidad, y creo que lleva el asesoramiento de pholmo, abogado que tb participa aqui.
de todas formas te recomiendo que contactes directamente con pholmo, que por 40-50€ te hará un contrato personalizado en función de tus necesidades.
pero eso ya va a gusto del consumidor.
un saludo
Pues me lo hicieron en la inmobiliaria. Estamos bien.
El que tengo para otro piso esta redactado igual.
¿Este seria correcto?
https://sites.google.com/site/papeleosalquiler/modelo-contrato-arrendamiento-temporada
No quiero tener mas problemas.
Ahh y una duda mas, si a los que se lo alquilo este año, le hago el contrato de octubre a julio, y dicen que quieren seguir el año que viene en el piso tengo que hacerle un nuevo contrato el año que viene. Pero mi duda es ¿de el de este año tienen que firmar finalizacion de contrato y entrega de llaves una vez finalice no? ¿y los meses de agosto y septiembre que ocurre con sus cosas? tendran que dejar el piso libre por si lo quiero alquilar esos meses ¿o las pueden dejar ahi?
"
La duración del presente contrato se fija desde el 1 de septiembre de 2011, hasta el 31 de Julio del 2012. No obstante lo anterior, transcurrido un año, éste se prorrogará por plazos anuales hasta que el arrendamiento alcance una duración máxima de cinco años, salvo que la parte arrendataria manifieste a la parte arrendadora, con treinta días de antelación como mínimo a la fecha de terminación del contrato o de cualquiera de las prórrogas su voluntad de no renovarlo.
Oki?"
No, no hay "oki".
Esto te pasa por coger un contrato de internet o de cualquier parte e intentar adaptarlo sin tener conocimientos.
Yo no veo tan claro que el contrato no haya finalizado y que puedas entrar en la vivienda, y te lo explico. ¿ Como vas a hacer un contrato temporal para curso escolar y luego aplicas prórrgas anuales? ¿ Cómo expones una prórroga y una forma de aviso a un contrato temporal? Buen lio has hecho.
Para resolver la situación lo antes posible, lo mejor que puedes hacer es avisar a esos jóvenes, tan inexpertos como tú, para que te firmen un documento de entrega de llaves antes de tener que acudir a un abogado, pues aunque lo más probable es que el abogado te inicie un desahucio por impago, luego, la defensa de los estudiantes, podrá alegar varias cosas, y no tengo tan claro quién va a ganar ese pleito.
Lo que tengo claro es que, por ahorrarte cuatro duros contratando un profesional para redactar el contrato, ahora te va a salir la torta un pan.
No, no he entrado.
iniciare el desahucio para resolver la situacion lo antes posible.
muchas gracias.
Hola, en junio cuando se marcho este inquilino firmaste un fin de contrato y la entrega de llaves con el si no es asi tendrias que haberlo hecho
y hacer uno nuevo para el resto que se iban a quedar, o haber finiquitado con todos
parece que se han marchado todos al final del piso sin firmar un fin de contrato, y el problema es como si estaria en alquiler todavia
tu no puedes entrar al piso y mucho menos tirar algo que no es tuyo al entrar te pueden denunciar de allanamiento de morada, incluso de robo ya que si has entrado y ellos te denuncia que les ha robado tu no puedes demostrar lo contrario
para mi parecer tienes dos opciones una es intentar localizarlos y que te firmen una carta de fin de contrato, y asi de este modo si podras entrar al piso
y la otra es inciar un desahucio para que el juez te pueda devolver el piso legalmente
recuerda que si entras ilegalmente a tu piso puedes tener problemas serios y para avisarles para la proxima vez mejor con un burofax
A ver era un piso alquilado a 4 estudiantes. Y en el contrato figura:
La duración del presente contrato se fija desde el 1 de septiembre de 2011, hasta el 31 de Julio del 2012. No obstante lo anterior, transcurrido un año, éste se prorrogará por plazos anuales hasta que el arrendamiento alcance una duración máxima de cinco años, salvo que la parte arrendataria manifieste a la parte arrendadora, con treinta días de antelación como mínimo a la fecha de terminación del contrato o de cualquiera de las prórrogas su voluntad de no renovarlo.
Oki?
En junio uno de ellos dice que se va a ir y que me ha dejado las llaves en el mueble de la entrada. Pido al resto de inquilinos que me las traigan y me dicen que no hay problema en que vaya yo, asi es que voy y las recojo.
Entonces uno de ellos me dice que los otros dos se van a ir tambien en cuyo caso el tambien se va. Pero ni me entrega llaves ni nada porque dice que seguira tambien en julio. Llega julio pregunto a los dos que el me dijo si realmente se van y me dicen que no, que se quedan. Le aviso a el que si que se quedan y me dice ahhh entonces nada nos quedamos los tres y buscamos un cuarto.
Y ahi quedo todo.
Llega final de agosto y los dos que el dijo que se iban me dicen que las llaves estan en la entrada y que se han ido. Pero que el que quedaba tampoco tiene alli ya nada, ni colchon ni ropas ni nada. Que solo hay dos jerseys dos chaquetas y poco mas en su cuarto.
Le llamo a ver que pasa y si puedo entrar a por las llaves y no me coje el telefono, voy al piso y alli no responden, los vecinos que alli no se ve movimiento de que haya nadie, le he mandado sms y nada, correo electronico y nada. No hay forma de dar con el.
Y si realmente tengo el piso vacio querria poder disponer de el. Y saber que hago con esas cosas que los otros dicen que tiene alli.
Me entran un montón de preguntas
¿Hasta el 31 de julio y renovable en septiembre? ¿Pero qué clase de contrato es ese?
Creo que ignora bastante la ley de arrendamientos y las obligaciones del arrendador, al igual que los derechos del inquilino.
Empiece por responder a las dos preguntas que le he formulado y ya luego, si eso, le canto las cuarenta.
Solo una pequeña pregunta... ¿ Cómo sabes que tiene cosas guardadas dentro de la vivienda?