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lleva dos meses sin pagarme y no tiene cuentas ni de pagarme ni de irse y no se cómo actuar
Debes valorar entre:
- Poner demanda de desahucio por impago y ESPERAR meses y meses hasta recuperar la vivienda.
- Entrar en el piso y arriesgarte a que REGRESE y te denuncie por allanamiento (mín. 6 meses a la sombra)
Decántate por la segunda opción, solo si estas 100% seguro de que no va a volver. Repito 100% seguro. (Lo ideal sería buscarle y que te firme un fin de contrato "a cambio" de que le perdones lo que te debe. Porque tú todavía puedes demandar el impago)
Saludos - Papeleos Alquiler
El dia 1 finaliza el contrato que yo tenia hecho con este individuo, el cual ya son tres meses mas la luz y el agua de ese tiempo lo que me debe,creo que este hombre se ha ido ya por que me consta por vecinos que ha sacado sus cosas del piso y ha comentado de que se iva a ir a otro lugar de esto hace ya mas de una semanay no se ha puesto en contacto con migo y se ha llevado con el las llaves del piso , que debo de hacer.Puedo entrar a mi piso a partir del dia 2 y cambiar la cerradura . Muchas gracias
Pedro siempre se ha dicho que la justicia no se caracteriza precisamente por ser justa...y aquí tienes la muestra.
Pues si la ley es como dice Amparo, es así y ya está.
Lo que yo manifestaba era mi opinión sobre como debería ser, considero que el derecho a justicia gratuita debería concederse en función del patrimonio, y no de los ingresos anuales, que solo reflejan la modificación de patrimonio del año en curso. Según esa formula, alguien con 16.000€ de ingresos y sin un duro no tiene derecho a justicia gratuita, pero alguien con 14.500€ de ingresos, una casa de 400.000€ y 1.000.000€ en el banco, si. Y me parece un tanto injusto.
Aunque repito que la ley es la que es, y las leyes están para cumplirlas, no para entenderlas.
En este enlace, http://www.justiciagratuita.es/pjg/printSimulador.do
hay una simulación de los requisitos exigibles para tener derecho a justicia gratuita.
Con el permiso de PedroDiaz, respondiendo a todas las preguntas NO (la de la vivienda permite tener vivienda propia, sólo exige NO tener OTRA) y con un salario inferior a 15000 euros, SI DA DERECHO a justicia gratuita.
Suerte juanfrancisco
contestacion para Pedro Diaz .
En el año 2004, yo inverti los poquitos ahorros que tenia y con la ayuda de una hipoteca, construi una casa en un terreno familiar, la pude hacer por que tenia el terreno, desde ese momento estoi pagando mi hipoteca, yo me quede en paro y por eso tuve que alquilar la vivienda y volver con mis padres para asin ir pagando la hipoteca como estoi soltero no percibo absolutamente nada, pero si yo estoi haciendo un grandisimo sacrificio,para poder pagar esa hipoteca no es para ahora vender la casa por que el inquilino no me page y no quiera dejar la vivienda, imajino como mi caso habra muchos y todavia peores , para que usted diga que el propietario no tiene derecho a justicia gratuita , entonces si no tengo dinero para pagar un abogado , que hago esperar a que el in quilino se canse y se vaya solo , o dijame usted la solucion
A mi me parece lógico que a quien tiene una vivienda en propiedad no se le conceda justicia gratuita.
La justicia gratuita, al igual que el resto de la asistencia social, es para la gente sin recursos, si uno tiene un patrimonio no se le puede considerar sin recursos.
De hecho, cualquier propietario medio con 0€ en sus cuentas seguramente tendrá más patrimonio que yo, que vivo de alquiler, porque cuando quiera puede vender la vivienda, y seguro que 100.000€ le saca sin problemas, que ya es mucho más que todos mis ahorros.
es usted propietario de una vivienda, no le daran un abogado gratuito... yo ya se que usted no tiene dinero, pero quien escribe las leyes vive en el pais de la piruleta y no tiene ni idea de la realidad.
Lo de cortar el suministro ha sido un grave error y aún te vas a encontrar con una denuncia del inquilino, porque estos listillos se las saben todas.
Que coraje me dan estas situaciones!!
No puede cortar vd, la luz. Le acusarían de coacción pero si, como supongo, en el contrato la luz es a su cargo, aunque vd. la tenga domiciliada y posteriormente cobre al inquilino, desdomicilie los suministros del banco. Devuelva los recibos. Comunique telefónicamente a la empresa que en lo sucesivo envíen facturas al piso alquilado, que pagarán la factura por ventanilla EN EL BANCO. A continuación ponga un fax con acuse de recibo y certificación de texto ( en correos) comunicando al inquilino el envío en lo sucesivo de facturas a su domicilio. Si no pagan, se la cortan. No se la corta vd. Yo aprovecharía ese envio de burofax para comunicar al arrendatario que si en un plazo de 4 dias no paga lo que le debe, ha de saber que, transcurrido UN MES DEL REQUERIMIENTO DE PAGO SIN EFECTUAR ÉSTE, posteriormente, cuando su abogado presente la demanda judicial no podrá pagar la deuda. No se la admiten en el juzgado. Lo puede enviar a ver cómo reacciona, que piense que va a presentar la demanda inmediatamente. Puede hacer todo esto antes de recurrir al abogado y, aún perdiendo algo, lograr le firme la devolución de la vivienda, sino tendrá que ir ( con abogado y procurador) al desahucio y, si fuera insolvente, no cobrar, pagar costas judiciales,.... si bien, SI ALGÚN DIA TIENE UNA BUENA NÓMINA, HERENCIA,.... COBRARÍA ....EN EL FUTURO Y EN ESE SUPUESTO. saludos,
saludos,
No puede demandar hasta tener al abogado. No es habitual que se conceda justicia gratuita al dueño de un piso para un desahucio. Asegurese de que no solamente le designan abogado de oficio, sino que también va a tener la justicia gratuita pues si no el abogado de oficio le cobrará por su trabajo.
Al haber cortado la luz el inquilino le puede denunciar para reanudar el suministro.
Despues de casi un mes pensandolo , desde que pedi aqui consejo la primera vez , he decidido demandar a mi inquilino , pero me gustaria haber si alguien me podria asesorar con las siguientes dudas.
1 Yo estoi en paro y he solicitado un abojado de oficio y me han dicho que tardaran un mes en adjudicarmelo , puedo poner la demanda antes , o que puedo hacer.
2He tenido que pedir a la compañia electrica un corte del suministro, por que al no pagarme el , yo no podia pagar su luz , por que ya era o la hipoteca o la luz , ya que consume bastante luz, que medidas puede tomar el contra mi , y que puedo hacer yo.
Lo más rápido y barato es el desahucio por falta de pago. Utílice esa vía.
Segun el contrato que tenemos firmado uno de los motivos de resolucion del contrato es el impago durante dos meses consecutivos, lo cual ya ha sucedido.¿Cúal es la solucion más rápida y menos costosa?¿Debo esperar a que se cumpla el contrato el 31 de julio?
cuanto suele tardar esos tramites
varios meses
.si lo denuncio y gano yo y el se declara insorvente , tendre yo que pagar los costes.
Uno no se declara insolvente a sí mismo. Será el juez quien lo valore y, si lo es, le declare insolvente. Pero la insolvencia no dura toda la vida. Uno responde de las deudas con sus bienes presentes y FUTUROS. El día que tenga una nómina, un coche, o cobre una herencia, volverá a ser solvente, y, si tu abogado hace sus deberes, le embargarán lo que te deba más los intereses.
Me merece la pena denuciarlo , por que imagino que cuando cumpla contrato si se ira
Esa decisión es tuya juanfrancisco.
Saludos - Papeleos Alquiler
Gracias por contestarme ,cuanto suele tardar esos tramites.si lo denuncio y gano yo y el se declara insorvente , tendre yo que pagar los costes.Me merece la pena denuciarlo , por que imagino que cuando cumpla contrato si se ira