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Me refiero a pagar la cuantía que legalmente le corresponda , en función del nº de inquilinos y coeficiente del piso ocupado.
Que dice el contrato? La ha pagado hasta ahora?
Si el contrato no dice nada y hasta ahora no la ha pagado, NO tiene porque pagarla a partir de ahora.
La respuesta es que hay que ver ese contrato, sin ese dato hay que tener en cuenta que la DT segunda de la LAU, permitía repercutir en el arrendatario el importe del coste de los servicios y suministros que se produzcan a partir de la entrada en vigor de la ley. Habría por tanto que conocer que se ha hecho en estos veinte años.
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