Estimada Amiga:
Si lleva tres años pagándolos, y además, suponemos, en el contrato constará que los gastos de suministros corresponden al inquilino, debe éste pagarlos y, si no lo hace, pueden descontárselo de la fianza, si acaba ya el contrato, o decirle que el impago de los suministros equivale al impago de la renta y que puede usted resolver el contrato por incumplimiento y desahuciarla.
Esperando haberle sido de ayuda, y a salvo de una opinión mejor fundada en Derecho, reciba un cordial
saludo.
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