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Yo no estoy de acuerdo en que alguien ajeno tenga llaves. La comunidad es solo de 4, dos oficinas, el piso alquilado y el mio.
Ciertamente no puede impedir que le entreguen las llaves a un tercero. Si en el contrato se expuso que las inquilinas no podrían almacenar mercancía de ningún tipo en la vivienda podría probar de resolver el contrato por incumplmiento de este pacto, pero teniendo en cuenta que sería difícil de probar, con lo que estaría asumiendo un riesgo.
El problema es que no tiene forma de impedir que entregue esas llaves a otra persona.
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