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Sin tener que cancelar multa. ¿o para que dan esos 3 meses si no hay posibilidad de entregar antes? . Si encuentro al 1 o 2 mes,¿no lo puedo tomar? .
Tendrás que hablar con el arrendador. No entiendo eso de que "te dan 3 meses". tu contrato es el que manda. Y en él hay un vencimiento. Cada año, en ese vencimiento, puedes "desocupar" siempre que avises 30 días antes.
el quinto año, o el octavo, es el casero quien puede pedirte que desocupes. Al vencimiento, y siempre que te haya avisado al menos 30 días antes.
si me he perdido algo. Me lo dices porfi
saludos - Papeleos Alquiler.