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hola el caso es el siguente: me llaman de la inmobiliaria a la cual yo pague la mitad de sus honorarios para que les deje entrar al apartamento dónde resido de forma alquilada , para enseñar el apartamento para su posterior venta, el contrato no pone nada al respecto pero me siento presionada y tengo la sospecha de que entrarán en mi vivienda sin estar yo presente ni haber dado el concentimiento para ello, que hago si esto sucede?
Cecil Como colofón al animado coloquio que ha suscitado le sugiero le lectura del DECALOGO DEL INQUILINO
Compañeros: el asunto de la hipotética entrada en el domicilio de Cecil no tiene duda: en uno de sus posts ella dice que no hay ninguna cláusula en el contrato que prevea un eventual derecho de la propietaria para entrar en el domicilio.
Si ya de por sí una cláusula en ese sentido sería dudosa ni os cuento en el caso de que ni siquiera exista.
Conclusión: Cecil no tiene por qué dejar que nadie entre en su casa bajo ninguna excusa o pretensión.
Cecil, puede negarse a permitir la entrada en su domicilio ( si considera que se dañan sus derechos fundamentales que constan en nuestra Constitución), como así creo yo en el presente caso.
Luego, la otra parte,si se considera perjudicada y quiere, podrá acudir a los tribunales de justicia, que seran los que decidan, ya que para eso están, pero inicialmente, Cecil habrá actuado acorde a sus convicciones.
Hacer lo contrario de permitir la entrada, porque así lo pone el contrato y luego pedir justicia,ocasionaría que el daño ya se habría consumado.
Que una clausula sea o no nula dependera de la decision de un juez, no puede una de las partes decidirlo por si misma.
pedro Martinez
Abogado
5001@icagr. Es
Cecil .- Tus preguntas han sido correctamente respondidas por León.
Tú haces una deducción errónea ya que las cláusulas que calificas de incorrectas o abusivas, siempre que sean contrarias a la ley, no hay que acatarlas.
Lo de tener que permitir la entrada en tu domicilio, pese ha haberlo firmado no tienes que cumplirlo, ya que es contrario a la lo preceptuado en La Constitución Española.
Pero pagar en efectivo el alquiler, es perfectamente normal y si lo pone en el contrato, hay que cumplirlo.
Bueno Cecil, en realidad no es así. Quiero decir que si al firmar un contrato hay cláusulas abusivas hay que tenerlas por nulas. El problema es que yo creo que en su caso esa cláusula no es abusiva y, claro, una vez firmada hay que cumplirla.
La cláusula puede ser incómoda molesta o como quiera llamarla, pero no abusiva.
Gracias, debo entender que una vez firmado un contrato , aunque existan clausulas incorrectas y si me apura hasta abusivas hay que acatarlas y ya está?, el error que casi siempre se comete no leer detenidamente lo que se firma pensando en la honestidad y la buena fe , todo es tan bonito al principio craso error.
Bien: entonces no veo que pueda exigirle a la propietaria otra forma de pago. Todo lo más puede intentar negociar con ella para convencerla de que haga el cambio.
Si , en éste aspecto si pone una clausula que se le pague en efectivo
¿hay en el contrato alguna cláusula al respecto?
Gracias otra vez , a todo esto yo le pago en mano a la propietaria me da un recibo bastante cutre , en el contrato no pone numero de cuenta ni nada , puedo exijirle que me de un numero de cuenta para pagarle y no tener que verle más la cara?
Se me olvidaba; le recomiendo que no tire ni el bombin ni la llave que tiene ahora. Cámbiela pero guárdela y cuando se vaya vuelva a colocarla para que de ese modo cuando termine el alquiler no puedan decirle que no entrega la casa en el mismo estado en que la recibió. Así evitará reclamaciones sin sentido.
Puede hacerlo perfectamente y si me apura no es que pueda hacerlo, sino que debe.
Perfecto, muchas gracias no sabía que podía cambiar la cerradura sin el concentimiento de la propietaria
Sencillamente dígales que no. Es que no tienen ningún derecho a entrar.
Le recomiendo que cambie la llave de entrada. Está en su perfecto derecho.