Hola. Llevo viviendo en un piso de alquiler 8 años (contrato firmado en 2009) y ahora el propietario me informa que no desea renovarlo por lo que tengo q abandonar a primeros de mes. La cosa es que no me ha avisado con un mes de antelación, ¿Le puedo reclamar indemnización? ¿Que ley recoge esto? Gracias
pone: el contrato en pieza a regir el 1de febrero de 2009 estipuladose una duración de un año. Si llegada la fecha de vencimiento de contrato, y la parte arrendataria no preavisara, al menos con 30 días de antelación a la finalizacion del contrato, este quedaria prorrogado por el mismo plazo. La renta total estipulada es de 6000? que se abonarán mediante recibos liberatorios de 500? mensuales
Cuando se firmó el contrato hace 8 años no se especificó el periodo por lo que yo entendí que se prorrogó a los 5 años otros 3 más que son los que han cumplido ahora. Al ser firmado antes del 2013 se rige por la ley del 95
cuando se firmó el contrato hace 8 años no quedó reflejado el tiempo. Por lo que tenía entendido que se prorrogó a los cinco años por tres más que son los que acaban de cumplir. Al ser con fecha anterior al 2013 se rige por la ley del 95.
Por lo que indicas tu contrato se ha prorrogado, lo que falta por saber es si ha sido por un mes o por un año, todo depende de tu respuesta que ha quedado pendiente a la pregunta que te ha hecho Ampara BB, por tanto dinos si en tu contrato consta que te alquilan por 6.000 euros al año a pagar a razón de 500 euros al mes, o simplemente pone que te alquilan por 500 euros cada mes.
el contrato se firmó en enero de 2009 con valor a 1 de febrero, con pagos mensuales de 500? .Por lo que segun la ley me tendria que notificar su deseo de no seguir con el contrato antes del 1de enero. Sé que en caso contrario el inquilino si tiene que indemnizar al propietario, pero.... en este caso el el propietario el que ha incumplido los plazos.
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