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El viernes por la mañana me fui de casa. Todo apagado, no cociné. Por la tarde me llamó la policía porque se había declarado un incendio en la casa. Al parecer ha sido un cortocircuito en la campana extractora que, por supuesto, yo no dejé conectada. Acudieron los bomberos a apagar el fuego y uno de ellos me comentó que el incendio fue de la campana. Pasaron horas desde que yo salí de casa hasta que volví a ella. El caso es que la cocina ha quedado totalmente destruida y el resto del piso está inhabitable. No tenemos ni luz ni gas. El arrendador del piso tiene un seguro de contenido de 18.000 euros y la comunidad de vecinos un seguro de continente del que no sabemos aún nada. Mi pregunta es: ¿Pueden exigirme alguna responsabilidad a mí? ¿Tengo que seguir pagando el alquiler? ¿Me van a pagar todos los daños ocasionados en mis enseres personales: ropa, tv, ordenador, etc...? El contrato es legal y firmado ante los "ojos" de la comunidad de Madrid. ¿Podría rescindir el contrato e irme a vivir a otro lado? ¿El seguro tendría que pagarme un sitio donde vivir mientras duran las obras (unos 3 meses al parecer)?. Gracias por todo
Pues entonces su abogado deberá emprender las acciones legales oportunas contra la empresa
Pues a la vista del informe pericial el responsable del accidente es la empresa que hace electrodomesticos que fallan
Lo que no entiende es la respuesta que le ha dado antes, y no es difícil de entender.
"Esas preguntas se pueden contestar como su abogado o como el abogado de la parte contraria."
Es decir, que las preguntas y alegaciones se pueden defender desde los dos puntos de visto, que es lo que pasa en un juicio, y ahí es donde decide el juez, a la vista de las pruebas y de los interrogatorios, entre los que también estarán el informe de bomberos e incluso el interrogatorio a un experto en incendios de dicho cuerpo.
En otras palabras, todo dependerá de la pericia del abogado y de las pruebas que puedan aportarse para dirimir la cuestión.
Para empezar, habrá que determinar quién es el culpable de ese accidente, y la causa del fallo eléctrico.
Contrate un abogado.
No sé si coge usted mis palabras por los pelos. Si un electrodoméstico está en mal estado (lo que no quiere decir que yo lo sepa) puede ocurrir que éste deje de funcionar, ¿no?. ¿Quién sabe cuándo un electrodoméstico va a fallar? ¿El juez no va a tener en cuenta los estudios periciales?
Esta tarde hemos sabido que el informe de bomberos dice que ha sido un fallo eléctrico. NO especifica quién es el culpable, es un ACCIDENTE del que ni el casero ni yo tenemos la culpa.
Ahora mi interés es pedir responsabilidad civil sobre mis enseres personales ya que su póliza no me cubre a mí como inquilino. ¿podría pedirla? Además la póliza de la comunidad de vecinos cubre el desalojamiento forzoso pero no al inquilino si no al propietario. ¿Podría pedir responsabilidad civil sobre este asunto? El caso es que me encuentro sin sitio donde vivir desde hace 4 días y no veo un horizonte muy limpio.
Muchas gracias
Se tendrá en cuenta lo que al Juez le parezca, ese parecer lo formará con las pruebas que las partes le aporten.
yo sólo sé que si un electrodoméstico está en mal estado no tengo ninguna responsabilidad si hace esa afirmación ante el Juez es muy probable que pierda el pleito, si sabe que un electrodoméstico está en mal estado, es su obligación no usarlo y solicitar al dueño que se sustituya.
No entiendo. ¿Se tendrá el cuenta el informe de los bomberos? ¿O se tendrá en cuenta lo que al juez le parezca?
Los bomberos dijeron que todo se ocasionó por un cortocircuito en la campana extractora, yo sólo sé que si un electrodoméstico está en mal estado no tengo ninguna responsabilidad. Aunque muchas veces la lógica está reñida con el derecho.
Esas preguntas se pueden contestar como su abogado o como el abogado de la parte contraria.
¿Y tener conectada la campana extractora a la red eléctrica es constitutivo de género de culpa o negligencia? ¿O es más bien un defecto en un electrodoméstico viejo o en mal estado?
Gracias
La responsabiliad suya en el incendio no la decide vd sino el Juez, y debe recordar que se basa en Cualquier género de culpa o negligencia. (1089 cc).
Ya tenemos la póliza de la comunidad de vecinos. Incluye incendio. Yo entiendo que la responsabilidad no es nuestra ya que el daño se ha ocasionado por un aparato electrodoméstico defectuoso que causó un cortocircuito por lo que se provocó el incendio.
Entiendo mi falta total de responsabilidad ya que ni siquiera estaba en casa cuando ocurrió el desastre.
Tengo muchísimas cosas en casa susceptibles de indemnización y el perito de la compañía aseguradora me ha dicho que hagamos inventario de todo para reclamarlo. ¿Ellos pueden reclamarme algo a mí si no tengo ninguna responsabilidad en el incendio?
Gracias
Por lo que se ve vd. No teien seguro que cubra al menos su responsabilidad civil y se encargue de su asistencia jurídica, este es el caso típico en que se aprecia su necesidad.
en cuanto a sus preguntas:
1. - la aseguradora se hará cargo d elos daños que tenga cubiertos y si aprecia responsabilida de su parte es posible que se la exija.
2. - el contrato de alquiler sigue en vigor.
3. - si no tiene seguro es posible que la respuesta sea negativa.
4. - si encuentra algún motivo de resolución del contrato deberá invocarlo ante un Juez o llegar a un acuerdo con su casero.
5. - si fuera su aseguradora es posible pero parece que no lo es.
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