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Estoy mirando de alquilar un piso y me dicen que debo de pagar el recibo de IBI una vez al mes, clausulado del contrato. Les digo que la contribución la debe pagar el propietario de la vivienda, y me contestan siempre y cuando no este estipulado lo contrario en el contrato. Dicha clausula esta en el contrato y si no firmo el contrato con esa clausula no me alquilan el piso. Que os parece?
Si está pendiente de firmar el contrato debería leer esto:
http://www.pedrohernandezabogado.com/2011/09/el-decalogo-del-inquilino.html
y luego decidir lo que le conviene
Es así.
la ley dice que el recibo del ibi (se paga una vez al año no al mes), lo deberá pagar el arrendador a no ser que se estipule lo contrario en el contrato.
saludos
oscar