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sheycha

inquilino/a

Vivo con mis padres, me obligan a pagarles 300 euros por vivir ahí, ¿pueden hacerme eso?

hola,

 

vivo con mis padres, estoy desempleada desde hace 2 años, desde que tuve un accidente laboral no reconocido, no cobro paro, y estoy a espensas de que la mutua me pague,mis padres me piden 300 euros todos los meses, no trengo firmado nada, y ya les debo 1400 euros. ¿Pueden hacer eso a su hija?, aunque ya tengo 27 años, pero no tengo solvencia. ¿alguien puede ayudarme? me amenazan con echarme de casa.

  • Preguntado por: sheycha
  • Hace 14 años
  • Categoría: Inquilinos
Respuestas (108)
Joaquim synera ha sido el primero en contestar
PHOLMO ha sido elegida Mejor Respuesta
  • usuario eliminado

    estoy flipando con el personal.....puede que la chica sea una gorrona, puede que no sea la hija ideal y que de mas problemas que alegrias.....pero se nos ha olvidado que cuando se tiene un hijo es para toda la vida?....yo tengo 40 años y no tengo hijos por eso mismo, porque son para toda la vida y se que no quiero esa responsabilidad, pero si los tuviera  se me caeria la cara de vergüenza de cobrarle a mi hijo algo de dinero o ver que lo esta pasando mal y no hacer nada.....se nos ha olvidado que no pedimos nacer.....que son los padres los que deciden tener un hijo como el que tiene un juguetito y cuando somos mayores o damos problemas a la calle...... yo tengo unos padres parecidos, tienen 3 pisos un chalet y dinero y si me dejaban 5 euros se los tenia que devolver, pero luego ellos al bingo todos los dias, asi que opte por marcharme de casa a los 17 años y hasta ahora....y es una gran alegria no deberles nada....asi que mi consejo es que te marches de casa cuanto antes......y el dia de mañana cuando tengas que cuidarlos les pides a cada uno 300 euros......se recoge lo que se siembra

    • Respondido por: Usuario dado de baja
    • Hace 14 años
  • Juan

    profesional

    Alertado por el caos de opinión que se puede leer en las respuestas a la pregunta que formula Sheycha debo aclarar lo siguiente.


    La norma citada por Alberto pertenece al derecho catalán y está incluida en título VI de la Ley 9/1998 que entre otras cosas regula el contenido de la potestad de los padres sobre los hijos menores no emancipados o mayores incapacitados con potestad prorrogada o rehabilitada, por lo que no responde al caso planteado, cuya respuesta en el derecho catalán se encuentra en el título VIII de aquella misma ley, artículos 259 y siguientes, que regula los alimentos entre parientes cuando cualquiera de ellos se encuentra en estado de necesidad. Obliga a los descendientes, ascendientes y hermanos (estos últimos solo cuando el necesitado no lo es por su propia culpa) siempre que el cumplimiento de la obligación no conlleve la desatención de las necesidades propias. El concepto de alimentos incluye todo lo indispensable para el mantenimiento, vivienda, vestido y asistencia médica.
    Similar regulación se contiene en el Código Civil español, artículos 142 y siguientes, por lo que es innecesario repetir lo ya dicho para Cataluña, salvo quizá recordar que el derecho de alimentos está supeditado a que el alimentista no pueda ejercer un oficio o profesión y que no haya cometido falta que permita la desheredación.

    • Respondido por: Juan
    • Hace 14 años
  • Mari Lolis

    Mari Lolis

    inquilino/a

    me cago en la mar...y yo sin enterarme de tantos derechos...le voy a decir a mi marido que deje de trabajar y que le diga a su madre, de 82 años, que tiene la obligación de mantenerlo...y lastima que mis padres hace mucho que murieron, que sino hasta yo dejaba de tabajar. Teneos más tela que un traje.

  • rebeca esther

    casero/a

    lo primero que tienes que hacer es ir a juzgados, y hablar con un abogado.el abogado te orientara.

    En primer lugar, los padres no pueden tirar a los hijos sino tienen una solvencia economica.

    Los padres por ley tienen que ayudar a los hijas hasta que este pueda desenvolverse por su cuenta.

    Ahora eso si: si tu has quedado con tus padres asi, que les ibas a dar 300e/mes, en tonces, lo unico que te puedo decir es que vayas a un abogado de oficio.

    Todo contrato puede ser :escrito o verval.

     

    54.) ¿Qué otros derechos  tengo como hijo?

     

     

    Ø       A ser afiliado al sistema de seguridad social como beneficiario.

     

    Ø       A sustituir a los padres en las pensiones hasta los 25 años o por discapacidad.

    Ø       A ser educado hasta  la edad de 25 años.

     

    Ø       A no ser maltratado.

     

    los derechos de los padres a sus hijos de 27 años(  también búscalo en internet)

     

     

  • juan_04

    inquilino/a

    Mari Lolis, por una parte dices:

    "yo eduqué a mis hijos en la tolerancia y en no juzgar jamás a nadie"

    cuando tú no haces más que eso: que si que le habrás hecho a tus padres, que si no te tendrán atada a la cama...

    A ver si nos aclaramos.

    • Respondido por: juan_04
    • Hace 14 años
  • usuario eliminado

    Me parece increíble lo que estoy leyendo, cada cuál con más barbaridad. En fin...

    Yo trabajo y mis padres JAMÁS me han pedido que les de dinero por estar viviendo es su casa, es más, si le doy dinero a mi padre es capaz de estampármelo en la cara. Mis abuelos no es que tengan tampoco buena situación y JAMÁS le han exigido nada a su hijo que a día de hoy a vuelto a vivir con ellos porque se ha quedado sin trabajo y no tiene NADA, repito NADA. Y a mi abuela no se le ha pasado por la cabeza pedirle nunca NADA de dinero!!Es que alucino con lo que escucho por aquí!. Desde cuando los hijos somos una carga para los padres?? si es así no nos tengáis!! Me parece verdaderamente sorprendente lo que leo por ahí, ¿de que vais?

    Sheycha, tus padres no tienen la obligación de pedirte nada, es más me parece muy egoísta por su parte que lo hagan. Ojalá pudieras marcharte de casa para que se dieran cuenta lo que están haciendo. Aguanta hija, aguanta lo que puedas, porque desde luego yo estaría día tras día en discusiones con ellos.

    ANIMO Y AL RESTO....EN FIN...Estoy orgullosa de los padres que tengo porque después de lo que he leído...hay cada uno que de verdad...

     

    • Respondido por: Usuario dado de baja
    • Hace 14 años
  • idea

    inquilino/a

    esto más que un hogar parece un campo de concentración..no poder estar más que en tu habitación, no eres una ocupa eres su hija enferma..yo de tí me iría de ahí cuanto antes. Guillem, Joaquin.. qué inhumanos que sois..

    • Respondido por: idea
    • Hace 14 años
  • idea

    inquilino/a

    Me parece vergonzoso que unos padres traten así a su hija que no puede trabajar ... lo normal sería que te ayuden con amor a recuperarte y ya llegarán tiempos de bonanza ... también puede llegar el día que ellos necesiten tu ayuda si no existe amor en la familia qué tristeza..

    • Respondido por: idea
    • Hace 14 años
  • alicia de codina sol

    casero/a

    Tengo 2 hijos. Por suerte o desgracia tienen 2 pisos heredados desde bien pequeños, 3 y 4 años. Los tengo en alquiler desde hace años, con esos ingresos hemos estado viviendo y disfrutando los 3 durante el tiempo que han sido menores.

     Cuando llegaron a la mayoría de edad, les ofrecí que se independizaran con los ingresos de los alquileres (1.700€/mes, reparto 800€ para cada uno, los 100 restantes para pagos de cdad. Impuestos o imprevisto que surjan en los pisos).

    El mayor trabajaba (cobraba paro y ahora otro ingreso que no sé cómo se llama y que se le termina en agosto) y la otra, estudia y hace manualidades que luego intenta vender en su propia universidad o festival a los que acude (algunas veces con éxito).

    Tienen que pagar: alquiler, luz, móvil, Internet, gastos grles (ropa, vicios) y comer. Como los 2 se mudaron con parejas, y ninguna trabaja, los padres de ellos les ayudan con la comida. Los alquileres de 580€ y 620€ que me ocupo personalmente para que no le dan prioridad a otra cosa y se gasten el dinero del alquiler. El resto hasta los 800€ es de lo que disponen.

    A 1 piso tuve que bajarle el alquiler para que no se fueran los inquilinos. En 5 meses tirada. Tengo el otro piso que no pagan desde principios del año 2009, denuncio en junio, juicio en noviembre, sentencia en firme en enero-10 y a fecha de hoy sigo esperando fecha para el desahucio. Estoy haciendo malabares para no tener que quitarles su independencia porque yo sigo dándoles los 800€ a cada uno, sacando esos ingresos de mi sueldo (vivo de alquiler) y pidiendo préstamos que voy liquidando con la pagas extras.

    En tu caso, yo te habría cortado lo primero Internet, después las protestas de las palomas y quién sabe qué más, con un “SI NO TE GUSTA, VETE” y después poniéndote a dieta con la comida, es decir, judías, garbanzos, lentejas, un poco de todo para que estés bien alimentada.

    En cuanto a lo que comentan sobre que “guardes tu rencor” para cuando a ellos les hagas falta, me parece mucho esperar, vete ya y así no te pedirán en su día que les ayudes, no tendrán tanta cara.

  • manuel josé

    casero/a

    Falta  opinión  parte  contraria  para  evitar  juicios  temerarios. saludos, 

  • Mari Lolis

    Mari Lolis

    inquilino/a

    eso mismo es lo que yo he dicho ¿qué habrá pasado para que sus padres actuen asi? aquí sólo hay una versión, sería interesante oir la de los padres.

  • ernestmt

    casero/a

    Aqui solo nos habla la hija de lo que pasa. ¿ Que habrá hecho a sus padres para que la traten asi ?.

    • Respondido por: ernestmt
    • Hace 14 años
  • Sira122

    Sira122

    inquilino/a

    Alberto, eso está muy bien...pero en el caso de esta chica, si no trabaja porque como ella misma dice la han operado 2 veces y aún está con secuelas, al no tener ingresos de ningún tipo...que dice la ley al respecto??

     

    Yo sigo opinando que la familia está o debe esta sobre todas las leyes y reglamentos, nunca se me ocurriría tratar así a nadie de mi familia, y menos a mi hija...

    • Respondido por: Sira122
    • Hace 14 años
  • Alberto

    Alberto

    inquilino/a

    Mira lo que dice la Ley 9/1998, de 15 de julio, del Código de Familia en su artículo 146:


    "Artículo 146. Contribución a los gastos familiares.

     

    1. Los hijos tienen el deber de contribuir equitativamente a los gastos familiares, mientras convivan con la familia, con los ingresos que obtengan de su actividad, con el rendimiento de sus bienes y derechos y con su trabajo en interés de la familia. Por lo tanto, el padre y la madre pueden destinar los frutos de los bienes y derechos que administran al mantenimiento de los gastos familiares en la parte que equitativamente corresponda.

     

    2. Si hay bienes y derechos de los hijos no administrados por el padre y la madre, la persona que los administra debe entregar a aquéllos, o a aquél de los dos que tenga el ejercicio de la potestad, en la parte que corresponda, los frutos y rendimientos de los bienes y derechos afectados. Se exceptúan los frutos procedentes de bienes y derechos atribuidos especialmente a la educación o formación del hijo o hija, que sólo deben entregarse en la parte sobrante o, si el padre y la madre no disponen de otros medios, en la parte que, según la equidad, la autoridad judicial determine."

    • Respondido por: Alberto
    • Hace 14 años
  • Mari Lolis

    Mari Lolis

    inquilino/a

    lara_m..... dónde he puesto yo que los hijos son una carga? no me conoces de nada para hacer esa afirmación.

    En algo estamos de acuerdo, tu no querrías ser mi hija y yo no querría tener una hija como tu.... yo eduqué a mis hijos en la tolerancia y en no juzgar jamás a nadie y muchos menos poner en boca de nadie palabras que no han dicho.

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