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La propietaria me ha dicho que si yo quiero que lo suscriba, pero lo haría para mi responsabilidad civil por si por mi culpa ocurriera algún siniestro y para mis propiedades, pero me podrían pedir responsabilidades si ocurriera un siniestro ajeno a mi y se incendiara la cocina por un corto circuito o robaran en la casa las pertenencias de la propietaria?. O eso aunque no ponga nada en el contrato es responsabilidad de la propietaria?.
Gracias
Por ejemplo, en el caso de la cocina, si es por un cortocircuito por una mala conexión en la instalación, sería a cargo de la arrendataria, ya q no se te podría culpabilizar a ti sobre el deterioro de las instalaciones.
Si fuera porque has conectado algún aparato que estaba defectuoso, la culpa sería tuya
si te haces un seguro especifico para inquilinos, no deberás preocuparte de nada, si hay un siniestro vendrá el perito de tu compañía y ya se encargaran ellos de ir tras el propietario si le atañe a él.
La responsabilidad civil no se determina por lo que ponga el contrato sino con arreglo al CC: El que por acción u omisión causa daño a otro, interviniendo culpa o negligencia, está obligado a reparar el daño causado.
En http://pedrohernandezabogado.blogspot.com/ estoy a su disposición por si le puedo ayudar profesionalmente
Hola,
si en la vivienda sucede algo que sea "responsabilidad del propietario", será él quien deba responder (con todos sus bienes). Usted hace muy bien en contratar un seguro que cubra la responsabilidad civil y los bienes de Usted, pero nada más.