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por favor necesito una respuesta de algun profesional en esto, para saber como actuar antes que se nos cumpla el plazo de irnos... se les agradece la ayuda
Pholmo tiene razón en lo que dice, pero por la pregunta creo que no es e caso
Si se refiere a días gratis o algo semejante. No. En España de eso no hay nada.
tiene derecho a permanecer en la vivienda hasta que finalice su contrato o la prórroga en curso o la tácita reconducción.
saludos - Papeleos Alquiler.
Discrepo algo del compañero Termens, si está viviendo de alquiler y pagando su renta, habrá que saber la situación actual de ese contrato, en el peor de los casos se encontrará en tácita reconducción (prórroga legal) y tiene derecho a permanecer ahí hasta que finalice.
En mi blog http://www.pedrohernandezabogado.com/ puede encontrar más información sobre estos temas y si prefiere una atención personal y directa, con un pequeño gasto controlado por vd., puede hacerlo llamando al teléfono, 807 520 008 (Coste de la llamada: 1,21€ por minuto desde teléfono fijo y 1,57€ por minuto desde móvil).
No, no tiene ningún derecho específico. Pero si quiere saber qué tiene que hacer para irse de la vivienda, es otra cosa.