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qué debo hacer, y como les dije, cuánto tiempo tengo para desocupar el dpto. y si debo segir pagando el alquiler
Karina, das la información a cuenta gotas... ¿Por qué te pide que te vayas?
Si es un arrendamiento en España, es tu vivienda permanente, y estás al día en el pago de la renta, puedes quedarte aún, como mínimo, dos años más.
Sólo si existe una cláusula en el contrato mediante la cual el propietario se reserve el derecho a interrumpir las prórrogas para ocupar ÉL (exclusivamente él) el piso como vivienda permanente, podría, en un cumpleaños del contrato, pedirte que te fueras.
La renta hay que pagarla hasta el último día.
Saludos - Papeleos Alquiler