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Pagamos 2 meses como fianza para un piso que no tenia ni un solo mueble. El unico desperrfecto que tiene el piso es que hay alguna pared que esta un poco sucia, por desgasete, claro, nada de pintadas ni pintura nueva, y algunos agujeros que evidentemente vamos a enmasillar. Mi pregunta es la siguiente: ¿pueden quitarnos parte de la fianza por eso? en el contrato ponia que si haciamos algun agujero solo lo teniamos que tapar cuando nos fueramos....
muchas gracias de antemano!
Hola Isaaciana:
Coincido con la respuesta del sr Crazyh. Por ello le aconsjeo que acuda con el contrato a un/a profesional de la abogacía experto/a en arrendamientos urbanos.
Reciba un cordial saludo
Despacho Armando García Fernández.
Email:: armandogarcia@ical.es
Isaacianna,Trancrívenos la claúsula de la rescisión del contrato,que según te han apuntado es por la que te van a penalizar,ya que los contratos sólamente se pueden rescindir por parte del inquilino a los cumpleaños del mismo durante los cinco primeros años, pero por parte del casero sólamente del quinto año en adelante,siempre en los cumpleaños del contrato
isaacianna para poder responder mejor a su pregunta sería necesario ver qué pone en el contrato en caso de desestimiento a partir del primera año. Si no pone nada se atiende a la ley, y la ley marca el cumplimiento de las anualidades al completo. Por ello, si no tiene ninguna cláusula que especifique que se puede ir sin penalización, le pueden pedir las mensualidades restantes.
En caso de que tuviera esa cláusula no se le puede quitar la fianza por la pintura.
De todas formas acuérdese de finalizar el contrato mediante documento escrito y hacer la entrega de llaves, y en ese mismo documento dejen constancia de cómo está el piso
Un saludo
En el contrato solo ponia que si nos ibamos en el primer año no nos devolvian la fianza pero despues del primer año solo teniamos que avisar con un mes de antelacion.
mi pregunta sigue siendo la misma. Nos pueden quitar parte de la fianza por la pintura?
Donde dice "o la prórroga inicial anual" léase, por favor, "la prórroga anual iniciada"
saludos - Papeleos Alquiler.
Creo que ese es el menor de sus problemas.
Atiendan más a la duración del contrato.
Al decir que llevan 2 años "y medio" sospecho que están incumpliendo el plazo pactado o la prórroga inicial anual.
En ese caso si se quedan con la fianza, sería un "mal menor" puesto que podrían demandarles por incumplimiento del plazo del contrato y exigir la totalidad de las rentas hasta cumplir la anualidad o hasta que el piso vuelva a ser alquilado.
Saludos - Papeleos Alquiler.