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El arrendador no hizo constar que existia contrato de alquiler. Mi intención es abandonar el piso. ¿debería comunicar al juzgado la situación para pedir un tiempo para abandonar? gracias
No, no te da derecho a cancelar el contrato.
Lo que sí debes hacer es acudir de inmediato al juzgado a poner de manifiesto el contrato, señalar que se han abonado las rentas de agosto, septiembre y octubre al anterior propietario por falta de comunicación y que se las reclamen a él (¿¿Tienes los justificantes de pago (recibo, transferencia, etc...)??
Un saludo,
el hecho de que el arrendador no me haya comunicado la ejecución hipotecaria, y que no haya comunicado, ni al juzgado, ni al banco (nuevo propietario), la existencia de un arrendamiento, de haber estado cobrando alquiler desde la fecha de la ejecución indebidamente, ¿no me da derecho a cancelar el contrato?
El nuevo propietario es un banco que no sabe, o no quiere saber, que hay inquilinos
Gracias
Si tu contrato no tiene facultad de desistimiento incluida, no puedes desistir del contrato con antelación a determinadas fechas. Te aconsejo que leas esto:
http://blog.desalvador.es/2014/09/08/duracion-terminacion-anticipada-vivienda/
Los recibos de agua y luz deberás pagarlos a quien tenga la titularidad del contrato de suministro, aunque me extraña que no se haya puesto en contacto contigo el nuevo propietario.
Un saludo,
Eso haré mañana, de todos modos, mi intención es abandonar el piso, como mucho, estar el mes de noviembre, para buscar otro.¿tendría algún problema por querer dejarlo?
los recibos de luz y gas los pagaba al arrendador una vez el me entregaba copia de la mensualidad correspondiente, en ese caso, ¿a quien debería pagar ahora?, la titularidad de los mismos es la del arrendador.
Muchas gracias
Un saludo
Tiene derecho a que se respete su arrendamiento hasta una duración de 5 años. No obstante, debe acudir cuanto antes al juzgado a poner de manifiesto la existencia del arrendamiento y, a partir de entonces, consignar las rentas ante el juzgado.
También deberá acreditar que ha estado pagando las rentas al arrendador durante todo el período desde la fecha de subasta.
Un saludo,
Www.desalvador.es
Gracias.
Ha habido subasta en junio, parece ser que juicio y sentencia de ejecución en julio, la semana pasada le ha llegado al propietario notificación para el pago de costas.
El contrato es de septiembre 2012, duración de un año,que se ha prorrogado automaticamente.
Mi intención es ir mañana al juzgado con el contrato y realizar un escrito en el que deje constancia de ser inquilina, del desconocimiento de los hechos, y de solicitar un plazo para abandonar. No me apetecería llegar un día y encontrar la cerradura cambiada.
Es obvio que del arrendador no me puedo fiar
Buenas noches,
Lo primero es saber qué noticia ha tenido exactamente ¿El inicio del procedimiento de ejecución? ¿La emisión de la certificación de cargas por el Registro? ¿La subasta de la vivienda?
Lo siguiente, es saber si su arrendamiento es anterior o posterior a la "ejecución", y de que fecha exacta es.
Con esos datos podremos orientarle mejor.
Un saludo,