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Hola!!!!
Cuando finalizaron los dos años realizamos una prorroga de dos años más pero tengo intención de dejar el piso antes, que tiempo tengo que dar? tengo derecho a la devolución de la fianza al dejar el piso antes? GRACIAS
Hola yufe:
para responder a su pregunta es preciso examinar el contrato y disponer de más datos. Por ello le sugiero que acuda a un/a profesional de la abogacía experto/a en arrendamientos urbanos.
Reciba un cordial saludo
Despacho Armando García Fernández.
Email:: armandogarcia@ical.es
Hola,
Depende del contrato, y en concepto de que dió la fianza, debería dar muchos más datos para poder contestar correctamente a esta pregunta.
1.- La prorroga es de el alquiler opción compra? o solo del alquiler?
2.- La fianza se entrego en concepto de que?
3.- Hay pactada indemnización de salida de la vivienda anticipada?.
Lo lógico es que si no cumple lo pactado en la venta, pierda la señal de la misma, y si no cumple lo pactado en el alquiler, lo lógico es que además de la fianza le puedan pedir una indemnización por incumplimiento de contrato.
Saludos
Oscar
Probablemente lo que llama 'Fianza' sea el precio de la opción, si es así lo perderá al no ejercer la opción de compra.
http://www.pedrohernandezabogado.com/
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