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usuario eliminado

¿Hay alguna ley que diga que el inquilino está obligado a pagar los arreglos de la vivienda si no superan los 250 o 500 €?

Acabo de alquilar un estudio y a simple vista, pareci solamente estar sucio, pero al entrar en la casa despues de firmar el contrato y pagar el primer mes y la fianza, me encontre sin una ventana, la cual no me di cuenta ya que estaba bien tapada y al empezar a limpiar cuando llegue a la zona del baño donde se encuentra el termo de agua caliente, me di cuenta que esta goteando agua considerablemente. Tuve una discusion con la arrendataria ya que en una de las clausulas del contrato ponia que el inquilino se hace cargo de todos los arreglos de la casa, clausula que cambie añadiendo que me hago cargo si son desperfectos por mal uso y disfrute. La cosa es que ella me dijo que hay una ley que dice que los arreglos por menos de 250€ corren a cargo del inquilino, y encima no firmamos todas las hojas del contrato, solo la ultima ,,, esta mas claro que el agua que quiere que le arregle el piso, tambien el contrato es por tres meses...solucion??

  • Preguntado por: Usuario dado de baja
  • Hace 14 años
  • Categoría: Inquilinos
Respuestas (1)
Amparo BB ha sido el primero en contestar
Amparo BB ha sido elegida Mejor Respuesta
  • Amparo BB

    Amparo BB

    profesional

    Comunica inmediata y fehacientemente (burofax con certificación de texto y acuse de recibo) todo lo que has visto en el piso para que quede constancia de que son averías pre-existentes (así además evitas que te lo descuente de la fianza, vista la categoría de ese ser, sería capaz de hacerlo).

     

    No hay ninguna ley que diga quién paga los arreglos menores o mayores de 250 euros. La LAU habla (en arrendamiento de vivienda) de que las pequeñas reparaciones de uso son por cuenta del inquilino, pero ni tú has usado aún el piso, ni 250 es una pequeña reparación ni quizás estemos hablando de arrendamiento de vivienda sino de temporada...

     

    En cualquier caso, no te corresponden a ti pues acabas de entrar en el piso.

     

    Pero visto la clase de persona con la que te estás jugando los cuartos, vas a tener que demandarla en el juzgado para que repare. Aunque si realmente vas a estar tres meses, tal vez ya te habrás ido cuando salga el juicio.

     

    Quizás sea mejor consejo que te marches por las bravas (poniendo el burofax que te he comentado antes) y que sea ella - si tiene hvs - la que te demande a ti.

     

    Espera otras opiniones.

     

    Suerte - Papeleos Alquiler.

     

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