Los contratos pueden ser disueltos por muchas causas.
Por vicios que lo anulen, mala fe engaño. etc.
Por desestimiento de las partes.
Por solicitud del arrendador en este caso para ser usado como vivienda propia.
Por resolución judicial motivado por incumplimientos de las obligaciones de una o ambas partes.
Por muerte del arrendatario en caso de no tener a nadie más en la vivienda o quien lo herede.
Qué desea usted saber en realidad, cúal es su situación.
Si se declara inhabitable por entidad facultada se lleva el contrato término con las cargas origine.
saludos.
Le dejaré un material para mañana en mi blog.
http://asesorialegal-amyos.blogspot.com/