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Lo pregunto porque en mi contrato figura un preaviso de dos meses y lo voy a dar con un mes y algunos dias, ¿Me generara problemas con el arrendador o,por Ley, no tendra objecion que ponerme?
Muchas gracias.
Todo depende de si ese preaviso se refiere al tiempo pactado, o cualquiera de sus prórrogas, o por el contrario te permite preavisar en cualquier momento.
Por ley puedes avisar con 30 días de antelación a la fecha de fin de contrato o del fin de la prórroga anual en vigor.
si el "preaviso" de 2 meses de tu contrato se refiere a 2 meses previos a "cualquier" fecha, es válido porque es una cláusula que te beneficia. Si el preaviso de 2 meses se refiere a 2 meses previos al vencimiento del contrato o de su prórroga anual en vigor, es nula porque te perjudica.
saludos - Papeleos Alquiler.