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Se lo he comentado y dice que es cosa mía, que yo vivo allí, no él. El problema es de hormigas, cucarachas y ratas. Tengo casi 100 fotos de bichos varios, llevo desde Junio y no lo soporto más. ¿me voy y pierdo mi fianza y no pasa nada más? ¿Denuncio en el Ayuntamiento? ¿Qué hay respecto a la insalubridad en los pisos de alquiler?
Dices creer que vienen de la comunidad de la finca, y posiblemente tengas razón, será cuestión de pedir tu casero al presidente de la misma que haga intervenir a una empresa especializada para estos menesteres para sanear todo el edificio, especialmente los bajantes y arquetas donde convergen las canalizaciones, seguramente el problema también afecta a otras viviendas y locales del inmueble, los cuales también pueden ser los causantes, según su tipo de actividad. Sería conveniente que el departamento de sanidad municipal interviniera.
En cuanto a irte, no lo hagas si no hay un acuerdo firmado con el arrendador diciendo que queda saldada y finiquitada la relación arrendaticia.
Gracias León Jaime por su respuesta. A falta de perito, tengo la referencia del artículo que usted ha indicado. Esta tarde mismo lo utilizaré como argumento.
ottawa: no es posible darle una resputesta tajante desde aquí, habría que examinar documentación e incluso que un perito inspeccionarse el piso, pero para darle al menos una orientación le diré que la legislación por la que pregunta se encuentra en el art. 1554.3º del Código Civil, a cuyo tenor:
Dentro ese deber se encuentra la eliminación de posibles plagas que hagan inhabitable la casa. Todo parece indicar que en su caso hay una plaga y si es asi el el casero tiene el deber de fumigar. Pero como le digo esto es sólo orientativo. Haría falta el dictámen o testimonio de un técnico que dijese que hay una plaga y que el origen de dicha plaga no es responsabilidad suya (o incluso que se desconoce su origen). Entonces sí podría exigirle al casero que fumigase, y creo que en caso de no hacerlo o de hacerlo de modo insuficiente Ud. tendría derecho a resolver el contrato en justa correspondencia al incumplimiento del casero al no observar adecuadamente lo dicho en el citado artículo 1554.3 Cc.
Ya me he gastado dinero en productos, como me aconsejas, pero en la cantidad en la que vuelven a aparecer, creo que es cosa de la Comunidad, como así le manifesté al casero. No quiero ir a malas, pero algo de responsabilidad ha de tener, porque está claro que ya estaban allí y no las he puesto yo (me refiero a los bichos y sus familias). Hay legislación al respecto?. Gracias por su respuesta, Piscis.
Si te vas sin haber rescindido el contrato de común acuerdo con el arrendador, tendrás que seguir pagando el alquiler, me parece que te sale mas a cuenta gastarte algo de dinero en productos de desinsectación y raticida que emplearlo en pagar un alquiler para que permanezcan solamente en la vivienda esos bichos a los que les has realizado casi 100 fotos