Actualmente no se publican nuevas preguntas y respuestas en La Comunidad, que queda accesible únicamente como página de consulta.

Esteban_85

inquilino/a

¿Hasta qué punto es legal tener habitaciones cerradas en un piso alquilado?

Soy inquilino y firmé un contrato de alquiler de vivienda de uso habitual (no compartida) donde solo iba a estar una habitación abierta, para que las otras no las alquilara. Ahora necesito una habitación más, pero no para subarrendar, sino para uso propio. ¿Se podría abrir una habitación? Y si los propietarios se niegan, ¿qué pasaría si decido abrirla yo?

  • Preguntado por: Esteban_85
  • Hace 14 años
  • Categoría: Inquilinos
Respuestas (5)
Amparo BB ha sido el primero en contestar
Amparo BB ha sido elegida Mejor Respuesta
  • Amparo BB

    Amparo BB

    profesional

    En mi opinión por supuesto que si.

    Pero es que, además, no tienes por qué guardar todos esos trastos, si no están en el inventario, en tu casa. Caray que tu casa no es el trastero del propietario...

    Hay caseros que son la vergüenza del gremio. Y el tuyo es uno. Aunque es cierto que los hay peores.

    Me gustaría que alguien más opinara en este post.

    Gracias

     

  • Esteban_85

    inquilino/a

    Gracias, Amparo. La verdad es que en esas habitaciones hay trastos y ropa de ellos y alguna vez me han llamado para venir a recoger cosas...

    ¿Quieres decir que podría hacer uso de ellas? ¿o al menos de una, que es lo que necesito?

  • Amparo BB

    Amparo BB

    profesional

    Me parece una cláusula abusiva por parte del - perdón - caradura de tu casero.

    Si se alquila toda la vivienda NO HAY PEROS.

    La vivienda es tu domicilio y tú abres o cierras habitaciones según tu conveniencia.

    ¡Ah! y que sepas que la cláusula de que el propietario puede entrar aún avisando con antelación a ver si te viene bien, también es nula. Tú sólamente tienes obligación de dejar entrar al propietario (o a un técnico por él designado o al presidente de la comunidd) en caso de una avería importante.

    En otro caso, no tienes por qué permitir la entrada en tu casa al propietario. Ni avisando ni sin avisar. Tu casa es tu casa y sólo entra quien a ti te apetezca y quien tú invites.

     

    Saludos - Papeleos Alquiler

     

  • Esteban_85

    inquilino/a

    Pone que se alquila toda la vivienda, pero que dos habitaciones permanecerán cerradas, pero que tampoco da derecho a que el propietario entre en el piso cuando quiera, sino que me tiene que avisar con antelación y yo fijar el día que me venga bien.

  • Amparo BB

    Amparo BB

    profesional

    ¿Qué dice tu contrato? ¿Estipula un arrendamiento de un piso completo o de 1 habitación con derecho a uso de salón cocina y baño?

     

Expertos más activos
  • PEDRO BURRUEZO - casero/a
    171 respuestas

  • Creu - inquilino/a
    173 respuestas

  • tamaralexa - inquilino/a
    40 respuestas

  • Inmoboteros - profesional
    318 respuestas