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En un principio me dice que no hay problemas. La perra solo está una vez a la semana y no molesta, pero un vecino la vió y como no le gustan los perros se quejó al arrendador.
Si en su contrato no figura ninguna cláusula que lo prohiba expresamente, ni tampoco en los estatutos de la Comunidad, poco podrán hacer contra usted.
A no ser, claro está, que el animal cause más molestias (como desperfectos o ladridos en horario nocturno) aparte de su simple visión.