Viviana describe vd una situación algo anómala, dice que cada seis meses firma un documento, ¿No se queda con copia? ¿Que clase de documento es?.
En cualquier caso su situación es de inquilina en un local de negocio, habría que determinar la duración de ese contrato.
A mi juicio precisamente por ese motivo le ofrecen ese tiempo de carencia ya que si vd se niega a marcharse tendrán que acudir al Juzgado y demostrar que su contrato, al parecer inexistente como documento escrito, ha terminado su duración, ese proceso desde luego dura más de del periodo de carencia que le ofrecen y teniendo en cuenta lo anómalo de su situación no es tan fácil de que un juez les de la razón por completo.
Por otra parte si efectivamente han vendido el local vd tiene derecho de adquisición preferente, tanteo y retracto, ya que si no hay contrato escrito no puede haber renunciado a ello y es presumible que el futuro comprador no quiera firmar la compraventa hasta que no esté libre de inquilinos el local.
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