el alquiler de habitaciones
se regula por el código civil , a diferencia del alquilar de viviendas completas, que lo hace mediante la ley de arrendamientos urbanos (lau). La principal implicación de este punto es que la duración del contrato del alquiler de una habitación será exactamente la que se pacte en el contrato , no habiendo derecho a prórroga por parte del inquilino como ocurre en el alquiler de una vivienda en su totalidad.
si tu hijo a renovado hace 6 meses, se supone que ha firmado un nuevo contrato y en él pondrá la duracion del mismo.