Actualmente no se publican nuevas preguntas y respuestas en La Comunidad, que queda accesible únicamente como página de consulta.
Las llaves del piso. Quando he firmado el contrato no he firmado el inventário, pues noe staba de acuerdo;pues la dueña tenia un inventário como de 5 años atrás o mas, entonces queria decir que a lo mejor por el piso ya havia pasado 2 o 3 inquilnos mas.
ahora la proprietária me esta pedindo el piso, ya lo he encontardo otro pero necessitaria del dinero de la fianza para poder entregar a la dueña del piso que quiero ir a vivir.
perdona si me he liado muchos en las explicaciones
30 dias.
a partir de aqui, devengaria intereses de demora:
http://www.reicaz.es/normaspr/tablasdi/tbldiner.htm
saludos,
pablo.
el plazo legal para devolver la fianza es de 30 dias desde la entrega de llaves y la firma del documento de entrega de llaves y fin de contrato ( que se debe hacer al entregar el piso y las llaves al propietario)
Yo creo que lo normal es devolver la fianza en el momento de la rescisión del contrato, cuando el inquilino abandona el inmueble y devuelve las llaves al casero.
Eso en el supuesto de que el inquilino no haya causado desperfectos, etc, en la vivienda. Si se produce esta incidencia los gastos de arreglo se descontarían de la fianza.
Lo que no entiendo es eso de que no firmaste el inventario por no estar conforme. Si no estabas de acuerdo con ese inventario deberías haber pedido un nuevo inventario que se ajustase a la realidad del estado de los muebles y enseres a la hora de firmar el contrato para evitar problemas a la hora de la rescisión y devolución de la fianza.
Yo no soy una experta, sólo hablo desde mi experiencia personal.