Apreciada Mª Dolores:
Si has entrado a vivir el uno de agosto y el contrato así lo especifica, no cabe que te hagan pagar el mes de julio. Lo habitual en estos casos es que se te cobre únicamente la mitad de la factura bimensual. Si además crees que la mayor parte del consumo se produjo en julio, tendrás que consultar en la compañía suministradora si esa comprobación se puede realizar.
Guimaraens Abogados está a tu disposición para cualquier cosa que puedas necesitar.
Atentamente,
Guimaraens Abogados
Bufete especializado en arrendamientos en general y en desahucios en particular
Tramitamos procedimientos en toda España
www.guimaraens.es
Teléfonos: 93 4879483 – 655085046
C/ Balmes nº 84 4ºB Barcelona