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Si los gastos de agua y gas son comunitarios, el propietario debería de enseñar el precio unitario de la factura
Coincido con mi compañero Jan
En http://pedrohernandezabogado.blogspot.com/ Estoy a su disposición por si le puedo ayudar profesionalmente.
Hola cuesta:
Si el edificio está sometido a régimen de propiedad horizontal habrá que estar al contenido de los Estatutos o a los acuerdos de la comunidad respecto al sistema de resparto de tales gastos. En este caso será el presidente de la comunidad o el administrado quienes dispondrán de las facturas por ambos suministros.
Si el edificio en su totalidad es de su arrendador puede exigirle que le haga entrega de copia de las facturas.
Reciba un cordial saludo
Despacho Armando García Fernández.
Email:: armandogarcia@ical.es