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Qué garantías tiene el inquilino para que el propietario no ejecute el aval a no ser que aporte documentación al respecto
Hombre, pues más ventajas que entregar el dinero directamente al propietario, si que tiene. No tengo experiencias con avales, pero el banco debe dar unas garantías al inquilino de que el propietario no le puede coger el dinero a primera de cabio (para eso el inquilino paga un mantenimiento del aval al banco, además de que para que no le permita al inquilino cogerlo..., digo yo).
De todas formas, pregunta en varios bancos y lee bien la letra pequeña antes de firmar nada.
Depende de cómo este redactado el aval, puede ser automático.
si es "a primer requerimiento" funciona como un talón a tu nombre, no tienes que demostrar nada
Dependerá de la redacción y requisitos que se indiquen en el documento de aval.
En mi caso, el aval exigía de requerimiento notarial para ejecutarlo, por lo que tuve que aportar a un notario todos los recibos impagados, además de otra mucha documentación, para que requiriese al banco el pago del aval en mi nombre. Tras ello, el banco lo notificó al inquilino y le otorgó un plazo de 15 días para oponerse, por lo que, como verá, la ejecución de un aval bancario no es tan sencilla como pueda parecer a primera vista.