Todo depende del concepto en que recibió esa "paga y señal" si puede considerarse como arras penitenciales, quien las entrega está facultado para incumplir su contrato perdiéndolas, sin que pueda reclamarsele nada.
En mi blog, cuya lectura le recomiendo,
pedrohernandezabogado.blogspot.com estoy a su disposición por si le puedo ayudar profesionalmente.