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Firmé un contrato de arrendamiento temporal con una duración de 11 meses pero me quiero marchar un mes antes del plazo que consta en el contrato. En mi contrato no se hace referencia a si se ha de avisar o no, ni de la obligación del cumplimiento total de la duración. La agencia que tramitó el arrendamiento me dijo que yo podría voluntariamente marcharme cuando quisiera, pero ahora la arrendadora me exige la obligación de pagar la totalidad de los 11 meses aunque me marche.
Hay alguna ley que me obligue a pagar ese mes?
Por otro lado la vivienda que me han alquilado es un apartamento que pertenece a una subdivisión de un piso grande transformado en cuatro apartamentos. Sospecho que no tiene cédula de habitabilidad.
¿Cómo podría averiguar si la tiene?
¿puedo finalizar el contrato un mes antes? Hay alguna ley que me obligue a pagar ese mes?
Lo que te obliga es el contrato que tú voluntariamente firmaste. Un contrato es un documento en el que se recogen obligaciones y derechos por parte de ambas partes.
Tu derecho era permanecer 11 meses. Tu obligación pagar 11 meses.
El derecho de tu casero era cobrar 11 meses de renta, y su obligación, tenerte como inquilino 11 meses (Aunque hubiera encontrado un inquilino que fuera más solvente o que le cayera mejor, tenía un compromiso contigo por 11 meses)
¿Qué hubieras dicho si hubiera sido el casero quien te "obligase" a salir del piso antes del tiempo pactado?
Los contratos se firman precisamente para asegurarse de que la otra parte cumplirá lo que en ellos se dice.
¿Cómo podría averiguar si la tiene?
En el registro virtual puedes ver si tiene referencia catastral (Puedes hacer la consulta online). La cédula de habitabilidad en el ayuntamiento
Saludos - Papeleos Alquiler