finaliza contrato antes del primer año por adquision de vivienda
Buenas; Si yo como inquilino firmo un contrato de alquiler y en los dos meses siguientes adquiero un piso de compra, tendria derecho a dejar el piso sin tener que indemnizar al propietario? Gracias
Buenos días, En principio la LAU94 es clara al respecto de la posibilidad de desistir del contrato. El artículo 11dice que los 6 primeros meses son de obligado cumplimiento, y a partir del 6 meses podrá hacerlo, teniendo una indemnización -en caso de acordarse así en el contrato- de una mensualidad por año pendiente y la parte proporcional para periodos inferiores al año. En conclusión, no es posible desistir antes de los 6 meses, por lo que si se va le podrán exigir el cumplimiento del contrato o indemnización por daños y perjuicios por incumplimiento del mismo. Un saludo ÿ
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