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Cuando se coge un bar y se deposita la fianza, ¿a nombre de quién va esa fianza?
De acuerdo pero habría que matizar que puede haber dos tipos de fianzas: a) la legal obligatoria que debe ser depositada en el Organismo Público que corresponda y b) la opcional complementaria que la conserva el casero/arrendador.
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De acuerdo con luisa, la fianza la deposita el arrendatario a favor del arrendador por posibles desperfectos, si no los hay, el arrendatario la recuperará.
La fianza la deposita el arrendatario a la forma del contrato en favor del arrendador quien deberá devolverla al finalizar el contrato cuando compruebe que todo está en orden.