Actualmente no se publican nuevas preguntas y respuestas en La Comunidad, que queda accesible únicamente como página de consulta.

laura28

inquilino/a

Fianza

Tengo un contrato de alquiler de un año prorrogable a 5 que va desde 31/03/08 al 31/03/12. En el contrato pone que si yo me voy antes de la fecha tengo q pagarle una mensualidad por año que me vaya antes al propietario, pero tengo entendido que siendo de un año prorrogable a 5, puedo irme cada año antes del 31/03, esto es asi? gracias.

  • Preguntado por: laura28
  • Hace 14 años
  • Categoría: Inquilinos
Respuestas (5)
Eduardo Llarena ha sido el primero en contestar
  • Amparo BB

    Amparo BB

    profesional

    En mi opinión no.

    Pues el código civil dice algo así como que las cláusulas oscuras de un contrato no deben favorecer a quien las incluyó.

    (Literalmente: Art. 1288  La interpretación de las cláusulas oscuras de un contrato no deberá favorecer a la parte que hubiese ocasionado la oscuridad.)

    Y de hecho ya te ha contestado PHOLMO que si se pactó un año no cabe indemnización.

     

     

    Saludos - Papeleos Alquiler

  • laura28

    inquilino/a

    Es de un año prorrogable a 5, eso es lo q pone exactamente. Yo pacté con la inmobiliaria que cuando quisiera podia irme pero al observar el contrato meses después nos dimos cuenta de que el tema de la indemnización estaba mal escrito y eso creo que nos ha perjudicado...Si ahora el propietario no me quisiera devolver la fianza, estaria en su derecho?

    • Respondido por: laura28
    • Hace 14 años
  • PHOLMO

    PHOLMO

    profesional

    Parece que se trata de un contrato de "copiar y pegar" que lo han copiado mal en perjuicio del propietario, ya que si han pactado un año, no cabe indemnización de una mensualidad por año.

    • Respondido por: PHOLMO
    • Hace 14 años
  • Amparo BB

    Amparo BB

    profesional

    Eduardo, pero es que Laura28 dice que el contrato es de 1 año (aunque prorrogable según la ley).

    En ese caso es cierto que ella podría irse cada 31 de marzo, previo aviso fehaciente 30 días antes.

     

    Saludos - Papeleos Alquiler

     

  • Eduardo Llarena

    Eduardo Llarena

    profesional

    No exactamente, el contrato es de cinco años, y le han fijado la indemnización que permite la Ley de Arrendamientos. La interpretación que usted realiza no parece la más probable en un juzgado.

    Trate de negociar con el dueño.

    www.asistencialegal.net

Expertos más activos
  • PEDRO BURRUEZO - casero/a
    171 respuestas

  • Creu - inquilino/a
    173 respuestas

  • tamaralexa - inquilino/a
    40 respuestas

  • Inmoboteros - profesional
    318 respuestas