Actualmente no se publican nuevas preguntas y respuestas en La Comunidad, que queda accesible únicamente como página de consulta.
Si en lugar de entrar el día 1 del mes, entro por ejemplo el día 11, ¿Debo de pagar el mes completo? . ¿si pago el mes completo debo seguir pagando en los primeros 5 días del mes segun me indica el contrato? .
lo digo porque de ser así el último mes, pagaría entero cuando sólo me quedan 11 días. ¿cómo se resuelven estos casos? .
Me parece que se está "pedaleando" demasiado sobre ese tema, si el contrato ya está firmado como transcribe el consultante pues puede haber problemas a su finiquito a poco de que las relaciones no sean tan cordiales como sería deseable. La renta anual es de 11/3/2011 a 11/3/2012
Si no está firmado es bien facil se le ponen efectos de 1º de marzo y se descuenta de ese mes los días a prorrata que tarde en entrar en la vivienda el inquilino.
Perdona, pero en mi contrato pone fecha de entrada, duración y renta anual (a pagar en plazos mensuales).
"el arrendamiento se hace por un año, con efectos del 11 de Marzo de 2011".
"la renta anual fijada es de ___ euros ( ___. - &Euro;), a pagar en plazos mensuales de ___ euros ( ___. - &Euro;) Por adelantado en los cinco primeros días de cada mes".
esto me da derecho a estar en el piso hasta el 11 de Marzo de 2012 pagando la renta anual. Pero la duda venía de que si pago por adelantado el primer mes completo, en Marzo de 2012 ya no debería nada porque habría pagado la renta anual completa. Y esto quizás traería problemas por el hecho de que quizás mi casero esperara un pago los primeros días de ese mes.
quizás lo más sencillo es lo que aconseja pholmo pagar el primer mes prorrateando los días y contar la fecha de duración a partir del 1 de Abril. Así queda todo más sencillo.
No olvidemos que en el contrato se habla de mensualidades y como tal son indivisibles y hay que pagarlas completas estés 30-15 ó 2 días
Habla con tu casero y que él te de la solución
Es bien facil, independientemente del día que se firme el contrato y entreguen las llaves no hay problema alguno en señalar que el plazo de duración pactada empezará a contarse a partir de 1º de ABRIL DE 2011 y que el alquiler se devengará los 5 primeros días de cada mes, sin perjucio de que el mes d emarzo se pague a prorrata de los días utilizados.
En http://pedrohernandezabogado.blogspot.com/ estoy a su disposición por si le puedo ayudar profesionalmente.
Independientemente de cuando firme, me refiero a que la fecha efectiva que consta en el contrato es el día 11. Si el arrendamiento tiene de duración un año, finalizaría el 11 de marzo de 2012.
si pago un mes por adelantado, como es lo normal, y pago entre los primeros 5 días de cada mes, del 1 al 11 de Marzo del 2012, ya habría quedado pagado en Febrero (habría pagado 12 mensualidades).
mi pregunta es que se puede hacer para que no haya malentendidos.
Eso es mejor hablarlo con el casero. Tienes que pagar a partir de que te den la llave, es decir si firmais el día 1 pero tu decides entrar el dia 11 porque falta algún mueble tendrías que pagar el mes entero. Pero si es porque el día 11 es cuando has firmado el contrato, yo lo que haría es que me paguen el primer mes la parte proporcional, y los siguientes meses me los paguen a principios de mes, pero esta va en ufnción de cada casero y lo que se pacte en el contrato
La mejor y mas recomendable forma de resolverlo es en el contrato, si no se hace ahí es un problema que permanecerá duarnte todo el arriendo.
En http://pedrohernandezabogado.blogspot.com/ estoy a su disposición por si le puedo ayudar profesionalmente.