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F_RRLL

profesional

Extinción Arrendamiento local


Muy buenas a todos, tengo la siguiente consulta:

LLegada la finalización del contrato, el arrendador quiere finalizar el contrato. Por lo tanto,
¿Tendría derecho el arrendatario a continuar la prórroga durante los 5 años en los que según el
contrato, mantiene la posibilidad?

La cláusula en cuanto a la duración del contrato que detalla el contrato, es la siguiente.

Le cito textualmente:

"La duración del arrendamiento será de un año a contar desde el día 1 de Julio de 2016, con posibilidad de una prórroga por el mismo plazo, hasta un máximo de 5 años.

No obstante lo anterior, una vez consumido el tiempo de duración del presente contrato, las partes contratantes podrán negociar con una antelación de 3 meses de su vencimiento la posibilidad de continuar el arrendamiento del local por un nuevo período de tiempo igual al anterior, negociando las condiciones de la nueva prórroga."

¡Muchas gracias!. Un saludo.


  • Preguntado por: F_RRLL
  • Hace 7 años
  • Categoría: Inquilinos
Respuestas (2)
Pelayo de Salvador ha sido el primero en contestar
  • F_RRLL

    profesional

    Muchísimas gracias Pelayo, me ha quedado bastante aclarado. Hace una labor extraordinaria
    Tengo otra cuestión en base al preaviso en caso de que se vaya a renovar el contrato.
    Le cito textualmente:
    "Una vez consumido el tiempo de duración del presente contrato, las partes contratantes podrán negociar con una antelación de 3 meses de su vencimiento la posibilidad de continuar con el arrendamiento del local por un nuevo período de tiempo igual al anterior negociando las condiciones de la nueva prórroga"
    ¿ Se podría prorrogar el contrato si el arrendador no hiciera un preaviso fehacientemente (burofax o similares)  en el tiempo establecido de estos 3 meses?, ó,  por el contrario no es necesario que haya ningún aviso sólo con que el arrendador no quiera renovar.
    Muchísmas gracias. Un saludo
    • Respondido por: F_RRLL
    • Hace 7 años
  • Pelayo de Salvador

    Pelayo de Salvador

    profesional

    Buenos días, Ese contrato está mal redactado, ya que debería recoger expresamente que la prórroga es obligatoria para el arrendador y potestativa para el arrendatario. Al ponerlo de esa forma, cabe entender que se prorroga si nadie dice nada, pero que cualquiera de las partes puede darlo por terminado. Un saludo, www.desalvador.es
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