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Si la respuesta es que NO está permitido y los inquilinos igualmente fuman en las áreas comunes. Como tendría que reaccionar la directiva de la comunidad ante la petición de colocar pegatinas con el signo de NO fumar en las áreas comunes?
Agradecida de una respuesta les saluda cordialmente
Cito a nuestro super-Juan:
"En los espacios comunes de los edificios en régimen de propiedad horizontal es la junta de propietarios la que puede decidir por mayoría simple acerca de la prohibición de fumar (art. 7.s de la Ley 28/2005). Ese acuerdo puede recaer sobre los espacios cerrados, como las escaleras o el portal, o también sobre los espacios abiertos, como las terrazas o piscinas, en su integridad o por zonas. A falta de acuerdo, se podrá fumar en cualquier espacio común, con la excepción de los ascensores, en los que aquella ley no da opción a fumar (art. 7.m)."
Saludos - Papeleos Alquiler