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Cesarap

inquilino/a

¿Es legal el cobro de dos mensualidades como fianza?¿puede quedarsela por incumplimiento de contrato?.

Hola a todos, el pasado mes de octubre alquile la vivienda y firme el contrato de un año. La vivienda a simple vista no estaba muy deteriorada,tampoco en ese momento tuve mucho tiempo para hacer una revisión en condiciones ( aparte que conocia al arrendador), el caso es que a las dos semanas me surgio un imprevisto que modificaba sustancialmente mis ingresos y con ello no podria hacer frente al alquiler, se lo comunique y su respuesta fue quedarse la fianza como indemnización, todo esto sin haber llegado ha habitar la vivienda porque la caldera no funcionaba y necesitaba otros arreglos (en el contrato decia que estaba en perfectas condiciones de habitabilidad ). LLegamos a un acuerdo de reducción del alquiler y la cosa se calmo. ¿tenemos que modificar el contrato? yo quiero que todo sea legal. Muchas gracias por vuestra ayuda.

  • Preguntado por: Cesarap
  • Hace 10 años
  • Categoría: Inquilinos
Respuestas (4)
Amparo BB ha sido el primero en contestar
Amparo BB ha sido elegida Mejor Respuesta
  • PHOLMO

    PHOLMO

    profesional

    Cesar no se si ha leido el decálogo del inquilino, vera que no conviene tener prisa a la hora de firmar un contrato. Desde luego tal como expone la cuestión parece que deben hacer un contrato nuevo, no redactado por el casero, sino, como deben ser los contratos, negociado por ambas partes.

    • Respondido por: PHOLMO
    • Hace 10 años
  • Cesarap

    inquilino/a

    Gracias por las respuestas y su rapided, soy nuevo en esta pagina y no se como responderles individualmente y clarificar aquellas dudas que puedan haber tenido en la pregunta :en relacion a la respuesta Sr. PHOLMO ,el arrendador ya tenia redactado el contrato y como dije por las prisas no pude examinarla bien, aunque le hable de los dañoss ocultos y me dijo que no habia y si los hubiese el se haria cargo ( como paso con la caldera) el incinveniente es que no pude hacer uso de la vivienda normalmente.

    En relación a la respuesta de Sra. AmparoBB en el contrato viene que depositaria la cantidad de dos mensualidades "en concepto de fianza" para garantizar el cumplimiento de la obligaciones que se asume en el contrato, en ningun apartado de este viene nada en relación a la indemnización por incumplimiento de contrato relativo a la duración.

    En cuanto a modificar el contrato , me ha dicho que "si aunque con solo los recibos bastaria".

    Reiterar las gracias por sus respuestas y pedir disculpas si este no es el cauce adecuado para responderles.

     

    • Respondido por: Cesarap
    • Hace 10 años
  • PHOLMO

    PHOLMO

    profesional

    Coincido plenamente con las acertadas respuestas de Amparo, pero quiero hacer un comentario que me parece importante, César dice Vd. En el contrato dice que la vivienda esta en perfectas condiciones.

    Esta suele ser una errónea interpretación de los inquilinos, en realidad lo que suele hacerse constar es que el inquilino ha examinado la vivienda y la encuentra en perfectas condiciones. Como ve el sentido es completamente distinto. Por eso es tan conveniente la lectura del decálogo del inquilino en el enlace que le dejo.

    Para ampliar o aclarar esta información puede  hacerlo al teléfono: 807 520 008 donde recibirá atención  directa e inmediata (1,21eur./min. Desde fijo; 1,57eur./min. Desde móvil) http://www.pedrohernandezabogado.com/  

    • Respondido por: PHOLMO
    • Hace 10 años
  • Amparo BB

    Amparo BB

    profesional

    ¿es legal el cobro de dos mensualidades como fianza?

    además de la fianza obligatoria pueden pactarse otras garantías, entre ellas, una cantidad en metálico.

    ¿puede quedarsela por incumplimiento de contrato? .

    depende de lo que diga el contrato.

    ¿tenemos que modificar el contrato?

    mejor si. En Papeleos Alquiler tienen un modelo facilitado por Pholmo

    Saludos  papeleos Alquiler.

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