Actualmente no se publican nuevas preguntas y respuestas en La Comunidad, que queda accesible únicamente como página de consulta.
En mi contrato de alquiler dice que los gastos de comunidad corren a cargo del inquilino, pero no dicen la cantidad, ¿es legal eso? mi casero me cobra 50 euros pero no tengo recibo justificativo de que dicho dinero sea verdaderamente lo que se paga de comunidad.
De acuerdo con Pholmo y Muelles.
Helena, el inquilino no tiene por qué dirigirse al Administrador de la Finca. La cantidad debe figurar en el contrato. Si no figura, aunque sea por un defecto de forma, el inquilino se libra de pagarlo. Así es la ley.
Saludos - Papeleos Alquiler
Si en la cláusula que menciona no figura el último importe conocido a la fecha del contrato, conforme al artículo 20.1 de la LAU, no podrá el propietario exigírselo.
Raúl en el contrato debe figurar el importe de comunidad que debes abonar, es legal pero no está bien redactado. Puedes pedir al casero que te de recibo de que has pagado los 50 euros y si quieres averiguar lo que paga la vivienda en cuestión debes ponerte en contacto con el administrador de la comunidad. Saludos.
Tal como la describe esa clausula es ineficaz y por tanto puede negarse a pagar los gastos de comunidad al no figurar su importe en el contrato conforme exige la LAU.
En http://pedrohernandezabogado.blogspot.com/2009/09/servicio-de-consultas-legales.html estoy a su disposición por si le puedo ayudar profesionalmente.