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Soy inquilno desde 1965 de una finca de un solo propietario, y al parecer calculaba mi parte de IBI si tener en cuenta la superficie de piso, o sea creo que lo repartía a partes iguales entre el resto de inquilinos y el local comercial, con distintas superficies y distintos tipos de contratos, pues casi todos son mas recientes que yo.
Sus posibilidades de reclamar lo atrasado dependen de la forma en que se haya llevado a cabo la devolucion de lo correspondiente a 2011, ya que los pagos anteriorespudiera considerarse que los a asumido pacíficamente y ya no puede reclamar por ellos.
le sugiero la lectura de mi bloghttp://www.pedrohernandezabogado.com/y si prefiere una atención personal y directa, con un pequeño gasto controlado por vd. , puede hacerlo llamando al teléfono, 807 520 008 (Coste de la llamada: 1,18€ por minuto desde teléfono fijo y 1,53 € por minuto desde móvil).